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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Filesa revive

UNA PROVIDENCIA del juez Barbero en respuesta a una solicitud del abogado de la acusación popular -el prófugo José María Ruiz-Mateos- ha servido para que nos enteremos de que el magistrado sopesa la posibilidad de procesar al vicesecretario general del PSOE, Alfonso Guerra. La diligencia ha proporcionado dos pistas interesantes sobre los pasos en que anda Marino Barbero para desentrañar la madeja de Filesa: por una parte, parece no aceptar que la autoinculpación universal de Galeote sea la frontera última de responsabilidad en el caso, y apunta ya al número dos socialista, en su condición de jefe de la campaña para las elecciones generales de 1989; por otra, considera que el eventual delito de Guerra lo sería contra la ley electoral. Es poco probable, sin embargo, que haya acertado en la vía elegida para progresar en la escala de las responsabilidades. Pues no parece fácil establecer un nexo entre la concreta responsabilidad de Guerra en la campaña y lo que dicha ley considera delito.La opinión pública conoce pruebas abrumadoras sobre la naturaleza de Filesa como parte de una trama destinada a enmascarar como pagos por servicios prestados lo que eran donaciones encubiertas al PSOE. Pero recibir aportaciones privadas para financiar una campaña no es en sí mismo delito. Lo es no respetar los límites máximos y demás condiciones marcadas por la ley de financiación de los partidos. Y también puede serlo falsear las cuentas a efectos de lo dispuesto en la ley electoral sobre control de las partidas destinadas a financiar las campañas. Es eso lo que debe dilucidar la investigación iniciada por Marino Barbero hace ya cuatro años.

Su providencia alude a la eventual comisión por parte de Alfonso Guerra de "un delito electoral y otros". A reserva de lo que pueda contener ese genérico otros, no está claro de qué delitos electorales pueda acusarse personalmente a Guerra. De los 11 artículos de la ley electoral dedicados a los "delitos electorales", sólo el 149 -sobre falsificación de las cuentas- podría guardar alguna relación con sus actividades como coordinador de la campaña. Pero para deducir la existencia de delito habría que demostrar que esa concreta responsabilidad es equivalente a la de administrador de la campana a que alude dicho artículo.

El propio Guerra negó el jueves, por televisión, haber tenido cualquier relación con la administración económica de la campaña, y no parece fácil probar lo contrario: u n partido no es una sociedad mercantil (como a veces parece pensar Barbero); resulta verosímil que el coordinador de la campaña se dedique a diseñar los aspectos políticos de la misma, sin ocuparse expresamente de la financiación.

Otra cosa es la responsabilidad política. La especialización de Guerra como jefe del aparato del partido y coordinador de la campaña hace difícil de creer que no supiera nada de Filesa. Pero eso es algo ajeno a la investigación judicial. Dilucidarlo, con arreglo a las pautas propias de la política, sería la función de una comisión parlamentaria. Sin embargo, la de "in vestigación y estudio" sobre la financiación de los partidos no ha podido avanzar ni un milímetro más allá de constatar que todos ellos habían recurrido a métodos ilícitos de captación de fondos. Las acusa ciones mutuas se neutralizaron entre sí, y ni uno solo de los comparecientes directamente relacionados con las tramas respectivas admitió las evidencias amplia mente conocidas por el público.

Esas personas saben que declaraciones suyas ante la comisión podrían convertirse en piezas incriminatorias para el proceso penal, sin las garantías propias del ámbito judicial. Pero como el juez avanza a paso. de tortuga, no hay sustanciación de responsabilidades penales ni esclarecimiento de las políticas. Y las de Guerra pertenecen seguramente a este segundo campo.

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