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Autorizada la esterilización de una deficiente porque no atenta a su dignidad

El tribunal rechaza que los jueces apelen a razones de concienciaVerónica, una deficiente psíquica de 20 años, será esterilizada. La Audiencia de Valencia ha anulado la decisión de una juez que consideró la medida como "extremadamente atentadora" a la dignidad de esa mujer. No se puede identificar la dignidad humana con la "capacicidad reproductora", afirma auto dictado ayer por el tribunal. Con esta resolución, los padres de Verónica podrán acudir a un hospital para someterla a una ligadura de trompas. Matilde Sánchez, la madre, afirma que el caso sienta un "precedente importante".

Matilde, de 60 años, y con la salud precaria, sufre por el futuro de su hija cuando ella no esté. "Sé que voy a dejar un problema, pero no quiero dejar dos", señaló. Los padres de Verónica temen que su hija regrese embarazada de alguna de sus numerosas salidas y viajes. La abogada de la familia, Herminia Royo, considera, además, que una mujer con deficiencias psíquicas tiene todo el derecho a disfrutar de una sexualidad segura.Las cosas son de otra manera para Beatriz Sobremonte, la juez de primera instancia que basó en "razones de conciencia" su rechazo a la petición de los padres de Verónica. La magistrada también aludió a un informe médico, según el cual los padres presentaban la solicitud por "comodidad". Tanto el ministerio fiscal como la familia de Verónica recurrieron la decisión de Sobremonte.

La Sección Tercera de la Audiencia interpreta que las razones de conciencia de la juez pertenecen a "la moral de la ortodoxia cristiana y católica". El tribunal explica: "Esas razones... no debieron determinar su decisión como órgano público y como representante de un poder del Estado, ...pues los jueces y magistrados están sometidos únicamente al imperio de la ley".

Los magistrados añaden que la responsabilidad moral de la ley debe ser atribuida a los legisladores, en este caso a quienes aprobaron el artículo 428 del Código Penal, que permite la esterilización de deficientes. Esa "relegación" de la responsabilidad en los autores de la ley "está aceptada incluso por la más clásica y ortodoxa doctrina escolástica". Los jueces, en un latín deficiente, recuerdan la máxima: "Cuando un justo es ajusticiado, es la ley la que mata, no tú".

Respecto a la supuesta "comodidad" de los padres, el tribunal rechaza también ese argumento de la magistrada de primera instancia. El auto notificado ayer muestra su comprensión por el "recelo legítimo" de la juez al analizar la actuación de los padres, pero indica que un "régimen restrictivo" de la libertad de movimientos de Verónica supondría "un sufrimiento continuo" a esta mujer. "Creándole posiblemente reacciones de huida y aumentando los riesgos de que... su necesidad de encontrar apoyo en otra persona la entregara en manos de la primera con la que se encontrara".

Los magistrados de la Sección Tercera aprovechan la resolución notificada ayer para efectuar también comentarios sobre la esterilización que deciden llevar a cabo mujeres sin deficiencias psíquicas.

En esa línea comentan: "A las conciencias más rigurosas, una esterilización consentida por una mujer normal también ha de repeler desde un punto de vista moral, en cuanto supone el desprecio de la continencia como única vía autorizable para impedir los embarazos".

"Rechazo del aborto"

El auto que autoriza la esterilización resalta el riesgo de una violación, que llevaría a un "mecanismo traumático de interrupción [del embarazo] todavía más rechazable que la esterilización tanto desde el punto de vista social como moral".Mailde Sánchez mostró ayer su "gran satisfacción" por la decisión judicial. "La resolución sienta un procedente importante para otras madres con los mismos problemas", indicó. Matilde considera que también aquellas personas que efectuaron solicitudes en el pasado, y les fueron denegadas, podrán ahora reeditar sus reclamaciones y, en caso de nuevo rechazo en primera instancia, podrán recurrir a la Audiencia Provincial.

El ministerio fiscal, en su recurso de apoyo a la petición de los padres, resaltó que el organismo de Verónica no tolera los anticonceptivos. Asimismo, explicaba que un eventual aborto era una opción más traumática para la mujer que la ligadura de trompas. Los magistrados consideran "curioso" que ninguna de las partes haya aludido en todo el proceso a la reversibilidad o no de la ligadura de trompas. "Conviene aclarar que la intervención de ligadura de trompas, cuya práctica se solicita, no es médicamente definitiva o irreversible", señalan los integrantes del tribunal.

Verónica participa en competiciones deportivas. Por esa razón, realiza continuos viajes, acompañada de monitores, por toda España. Verónica ya no se someterá a pruebas de embarazo a su regreso de los viajes.

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