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La revisión del catastro supone elevar el valor de los inmuebles un 70% como media en las ciudades

Un millón y medio de propietarios de inmuebles recibirán, antes de final de año, una notificación de Hacienda con los nuevos valores catastrales. La revisión afecta a seis ciudades -Valladolid, Córdoba, Cáceres, Santa Cruz de Tenerife, León y una zona de Barcelona- sobre un total de 162 municipios. Supone acercar el valor catastral al 50% del de mercado y, en las ciudades, implica una subida media del 70%. La revisión tiene efectos fiscales en 1995 que se amortiguarán, según Hacienda, con una rebaja al 1,3% en la imputación como ingreso en el IRPF; también, el impuesto sobre bienes inmuebles puede reducirse hasta la cuarta parte; y sube a 17 millones de pesetas el mínimo exento en patrimonio.

Éste es el segundo año en que se lleva a cabo la actualización del catastro, en un plan de ocho años, para poner al día los valores revisados en 1982. Entonces se contabilizaron 14 millones de unidades urbanas y, al final de 1993, fueron 21,5 millones. La novedad este año es que la actualización afecta a seis ciudades. El plan pretende acercar el catastro al 50% del valor de mercado de los inmuebles, que ahora se encuentra por término medio en el 25%.En el caso de las ciudades, ello supone como media elevar en un 70% el valor catastral medio. Como explica María José Llombart, directora general del Centro de Gestión Catastral, el incremento será mayor en el caso de las zonas céntricas que en el de los barrios periféricos porque aquellas se han revalorizado más con el paso del tiempo. "La revisión tiene por ello", añade, "un efecto redistributivo y de justicia fiscal".

Desde mediados de año y hasta el mes de diciembre, un millón y medio de propietarios de inmuebles en 162 municipios españoles recibirán una notificación individualizada con los nuevos valores catastrales. En ella se especifica, además de los datos del propietario y de la finca, el valor del suelo, más el de la construcción y el nuevo valor catastral que resulta. En otro apartado se informa del tipo del impuesto sobre bienes inmuebles que se aplica, las bonificaciones y la cuota a pagar. Además, se indica cómo recurrir en el caso de no estar conforme con la notificación.

Los efectos fiscales se notarán en las declaraciones a presentar en el año 1995. Según Llombart, el impacto será neutro por término medio "aunque en algunos casos supondrá pagar más que sin la revisión y en otros, menos". Para ello, se han adoptado una serie de medidas. En el impuesto sobre la renta se baja del 2% actual al 1,3% el porcentaje del valor del inmueble revisado -sólo en este caso- que hay que incluir como ingreso. En el impuesto del patrimonio, se eleva de los 15 millones de pesetas actuales a 17 millones el límite exento.

Además, los Ayuntamientos tienen facultad para reducir el tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles hasta la cuarta parte durante tres años para los municipios donde se ha revisado el catastro. El problema de las viviendas de protección oficial se afronta liberalizando los precios de las segundas trasmisiones. En el caso de los alquileres de renta antigua se permite repercutir a los inquilinos las cargas fiscales derivadas de la variación del valor catastral. En el impuesto del patrimonio sólo se incluirá el 4% de la renta cobrada y se puede reducir un 30% el valor catastral de estas viviendas a efectos del IRPF hasta que se apruebe la Ley de Arrendamientos Urbanos.

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