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TRIBUNALES

Una abogada pide que sea delito el no respetar el régimen de visitas a los hijos

Blanca Cia

Una abogada solicitó ayer a un magistrado de lo penal de Barcelona que plantee al Gobierno la introducción en el Código Penal de un artículo que sancione como delito el incumplimiento del régimen de visitas a los hijos acordado por resolución judicial. Un juez puede promover este tipo de cuestiones si cree que hay un hecho "digno de represión y no, penado por la ley", según establece el Código Penal. La abogada, que representa a un padre separado, entiende que de la misma forma que el incumplimiento del pago de pensiones por alimentos a los hijos está sancionado como conducta criminal, lo debería estar el obstaculizar e impedir el régimen de visitas acordado judicialmente.La cuestión se planteó ayer al término de un juicio en el que se acusaba a Adnan Yousef Issa Khalaf -un ciudadano palestino nacionalizado español- de no haber pagado a su hija la pensión por alimentos acordada por un juez en la separación de su mujer, Carmen Sansaloni.

El pleito se inició en 1980, cuando la hija de ambos tenía cuatro años. Tras múltiples incidentes en un proceso contencioso, el juez estableció que debía abonar a su esposa 30.000 pesetas al mes en concepto de pensión. De la misma forma, también se acordó el régimen de visitas del padre a su hija, que actualmente tiene ya 19 años. La madre acusa a su ex marido de no haber pagado las pensiones y él sostiene que en varias ocasiones ella le devolvió giros en efectivo, hasta que optó por abrir una cuenta de ahorros a nombre de su hija. Asimismo el padre expuso reiteradamente que en 15 años sólo ha podido ver a su hija en dos ocasiones.

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Sobre la firma

Blanca Cia
Redactora de la edición de EL PAÍS de Cataluña, en la que ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional en diferentes secciones, entre ellas información judicial, local, cultural y política. Licenciada en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona.

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