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El Consejo de Estado advierte a Interior que el reglamento de la Ley de Asilo es inconstitucional

El Ministerio de Justicia e Interior ha recibido un nuevo aviso sobre la constitucionalidad de sus decisiones. En este caso, el Consejo de Estado, órgano supremo de consulta del Gobierno, ha advertido a su titular, Juan Alberto Belloch, que el borrador del reglamento de la Ley de Asilo, cuya promulgación está prevista para el 13 de septiembre, recoge preceptos contrarios a la Constitución. El Consejo de Estado considera que un derecho fundamental -la libertad de desplazamiento de las personas, en este caso- no puede ser limitado por una norma, sea ley o reglamento.

El criterio expuesto por el máximo órgano asesor del Estado es compartido por la Oficina del Defensor del Pueblo e IU.El Consejo de Estado, presidido por el ex ministro de Justicia Fernando Ledesma, es el principal órgano asesor del Gobierno, y, según sus principios, tiene que velar por el cumplimiento de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico. Sin embargo, los dictámenes del Consejo de Estado no son vinculantes.

El martes pasado, Margarita Retuerto, defensora del Pueblo en funciones, impugnó la Ley de Asilo, aprobada el 13 de junio, al considerar inconstitucional la retención en la frontera de los demandantes de refugio y la regulación de un derecho fundamental por una ley ordinaria, en lugar de hacerlo por una ley orgánica, que necesita mayoría absoluta en el Congreso para ser aprobada (176 votos).

El reglamento, que debe entrar en vigor a los tres meses de la aprobación de la ley, ha sido negociado con las organizaciones humanitarias y con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), en diferentes momentos de su tramitación, por Margarita Robles, secretaria de Estado de Interior; Fernando Puig de la Bellacasa, ex director general de Política Interior y Pablo Santaolaya, director general de Procesos Electorales, Extranjería y Asilo.

El punto más polémico del reglamento y el que ha merecido mayores reproches del Consejo de Estado es la regulación de los derechos de los desplazados, según han señalado fuentes de la Oficina del Defensor del Pueblo y de organizaciones humanitarias. Esta figura jurídica atiende a quienes sin ser perseguidos personalmente por motivos políticos, étnicos o religiosos -condición fundamental para conceder el asilo- huyen de sus países porque se está produciendo un conflicto bélico u otro fenómeno que obligue a movimientos migratorios masivos.

Hasta el momento, la cuestión de los desplazados ha estado localizada en el Tercer Mundo, pero la guerra en la antigua Yugoslavia ha difundido el problema al corazón de Europa, lo que ha obligado a los países comunitarios a plantearse qué hacer con los miles de refugiados que han huido de la región balcánica.

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Según fuentes cercanas a la oficina del Defensor del Pueblo, la regulación de los desplazados por un reglamento "va contra todos los principios del Derecho, no se puede entender que un derecho fundamental pueda ser desarrollado por una norma de este tipo". Durante la negociación de la reforma de la Ley de Asilo, IU fue la única formación que sugirió regular en un marco jurídico superior la figura de los desplazados.

Además, el reglamento fija que, mientras las autoridades españolas deciden si admiten a trámite la petición de asilo, la permanencia de los demandantes en los puestos fronterizos será voluntaria. "Si el solicitante se va, el derecho de asilo decae, lo que vulnera nuevamente un derecho fundamental", informaron organizaciones humanitarias.

Pablo Santaolaya, responsable de Interior en las cuestiones de asilo, rehusó ayer hacer comentarios a esta información. Tampoco se pronunciaron los portavoces oficiales del Ministerio consultados por EL PAÍS.

Por otra parte, fuentes del ACNUR, que interviene en el proceso de admisión a trámite de las peticiones de asilo en frontera por decisión gubernamental, han denunciado "deficiencias y lagunas" en sus relaciones con Interior. Según miembros de la organización internacional, se "está produciendo un silencio administrativo negativo". El artículo 5.7 de la Ley de Asilo, el impugnado ante el Constitucional, señala que, transcurridos siete días, los demandantes de asilo pasarán a territorio nacional si no han recibido respuesta sobre su admisión o su expulsión. Sin embargo, las retenciones en el aeropuerto de Barajas (Madrid) se han prolongado hasta tres semanas. También han indicado que los demandantes no están recibiendo asistencia letrada, pese a lo recogido en el precepto 4.1 de la ley.

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