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Constitucional avala la ley navarra de presupuestos que cambió un tributo

El pleno del Tribunal Constitucional -por ocho votos frente a cuatro- ha avalado la constitucionalidad del precepto de la ley foral navarra de Presupuestos Generales para 1985, que redujo las bonificaciones temporales a la contribución territorial urbana de las viviendas de protección oficial del 90% al 50% y de 20 a 5 años. Tal norma fue cuestionada judicialmente, a instancias de varios propietarios, que alegaron que la Constitución prohíbe crear o modificar tributos por ley de Presupuestos.La sentencia analiza las normas aplicables y concluye que "en el ordenamiento jurídico hoy vigente ninguna disposición integrada en el bloque de la constitucionalidad impide que el Parlamento de la Comunidad Foral de Navarra, mediante la ley de Presupuestos Generales de la comunidad, pueda modificar los tributos".

Discrepan de la sentencia los magistrados Álvaro Rodríguez Bereijo, José Gabaldón López, Eugenio Díaz Eimil y Rafael Mendizábal y Allende, para quienes la modificación realizada debió ser declarada inconstitucional, ya que supone no "una simple adaptación del tributo", sino "una alteración de los elementos esenciales" del mismo, que "determinará un sustancial aumento de la recaudación".

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