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Boyer abortó el fraude, que ha terminado en el Supremo

El detonante del escándalo descubierto a finales de 1984 en la Casa de la Moneda fueron los informes de la Intervención General del Estado al entonces ministro de Economía y Hacienda, Miguel Boyer, quien destituyó fulminantemente a Francisco Balaguer y Guillermo Piera y dio plenos poderes al nuevo equipo gestor, que comunicó la información a la policía y a la justicia. La corrupción pudo al menos detenerse y los responsables tuvieron que responder ante los tribunales. Después de tanto tiempo, el Supremo ha saldado en 1994 el caso.El Tribunal Supremo ha confirmado en lo sustancial la condena impuesta en octubre de 1991 por la Audiencia Provincial de Madrid a dos ex directivos de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), dos comisionistas y un mediador, por los delitos de fraude continuado y cohecho [soborno], relacionados con el suministro de material.

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La firmeza de la condena convierte en efectivas las penas de suspensión e inhabilitación y dos de los condenados -el ex subdirector general de la FNMT, Guillermo Piera Jiménez, y el comisionista Fernando Merlo Moreno- tendrán que pagar a la entidad estatal una indemnización conjunta y solidaria de 7.533.405 pesetas. Con esa suma se compensará a la FNMT de las cantidades que tuvo que pagar de más por los suministros de material entre finales de 1983 y enero de 1985, antes de que el descubrimiento de las irregularidades abortara otros delitos.

El resto de las penas son las siguientes: Para Francisco Balaguer Lara, director de la FNMT cuando ocurrieron los hechos juzgados, tres años de suspensión en el cargo que desempeñaba o en otro de funciones análogas y multa de 100.000 pesetas; para Guillermo Piera, un año de cárcel y seis años de inhabilitación especial para el cargo de subdirector de la FNMT que desempeñó o para la obtención de otro análogo; para Fernando Merlo y Fernando Arnaiz Espiga seis meses de cárcel y seis años de inhabilitación especial para dedicarse al oficio de artes gráficas que venían ejerciendo, y para José Castiñeira Pombo, cómplice de un fraude, un mes de arresto.

El relato de los hechos declarados probados en 1991 por la Sección 15ª de la Audiencia de Madrid, en la sentencia de la que fue ponente el magistrado Alberto Jorge Barreiro, ocupa 20 folios. La Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia emitida el pasado 2 de febrero, se ha limitado a atenuar la pena a los acusados que no ejercían función pública: Merlo, Arnaiz y Castiñeira.

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