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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Asilo y delito

EIL SECUESTRO del avión de la compañía Air Algérie desviado al aeropuerto español de Alicante por tres policías argelinos, al parecer simpatizantes del Frente Islámico de Salvación (FIS), no tiene por qué enturbiar el actual estado de las relaciones entre España y Argelia. Aunque al Gobierno de Argel, como es lógico, no le haga feliz el componente de denuncia política de la situación argelina que los secuestradores han atribuido a su acción.España, a diferencia de otros países que en el pasado fueron complacientes con la piratería aérea, siempre se ha mostrado firme contra esta amenaza. Ha suscrito todos los convenios internacionales destinados a erradicarla. Además, su legislación interna, en consonancia con la internacional, sanciona severamente esta práctica delictiva.

En el caso de los tres piratas aéreos argelinos, España está obligada a juzgarlos y a no concederles el asilo político que han solicitado. A lo primero, porque el presunto delito se ha consumado en territorio español, y a lo segundo, porque la ley de asilo excluye explícitamente de la concesión de este derecho "a quien hubiera perpetrado un delito contra la seguridad aérea". La generalidad de los convenios internacionales sobre asilo y extradición -tanto los vigentes en el ámbito de la ONU como en el del Consejo de Europa- niegan carácter político a la "captura ¡lícita de aeronaves" y, en general, a cualquier acto que ponga en peligro "la seguridad de la aviación civT', por más que los autores de tales acciones aleguen motivos de esa naturaleza.

De momento, pues, el tema de la posible devolución de los piratas aéreos a Argelia no tiene por qué suscitarse. No ha sido planteado por Argel. Si alguna vez se planteara, España no podrá dejar de actuar como lo hace ahora al poner a los secuestradores a disposición de la justicia. Entonces tendrían indudable virtualidad principios tales como que nadie puede ser sancionado dos veces por los mismos hechos; que alguien a quien se le ha denegado el asilo no podrá ser expulsado a un país donde exista riesgo de represalias políticas, y, finalmente que la solidaridad internacional entre los Estados en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada sólo es viable si es recíproca.

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