Borrell calcula que la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos entrará en vigor el próximo, mes de julio
El ministro de Obras Públicas, Transporte y Medio Ambiente, José Borrell, espera que la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) se apruebe por el Parlamento y, por lo tanto, entre en vigor en el próximo mes de julio. Borrell, en el transcurso de una rueda de prensa celebrada en la mañana de ayer, se mostró seguro de tener el apoyo político suficiente para que "el proyecto de ley [aprobado el viernes pasado por el Consejo de Ministros] reciba un apoyo mayoritario en el Parlamento".
Esta confianza del titular de Obras Públicas descansa sobre los contactos previos que ha mantenido con el Partido Popular (PP), Convergència i Unió (CiU), Partido Nacionalista Vasco (PNV) o Coalición Canaria (CC). "De estas conversaciones no ha salido ningún acuerdo firmado, pero sí hemos recogido algunas de sus sugerencias y hemos coincidido en que una ley de la trascendencia de ésta no puede salir adelante sin un amplio respaldo de las fuerzas políticas".
Borrell hizo hincapié en que este proyecto de ley "es realmente prudente, puedo asegurar que no va a crear situaciones de necesidad" y en que "pretendemos acabar con la dualidad que caracteriza al actual mercado del alquiler". En estos momentos hay arrendamientos excesivamente caros -los sujetos al decreto Boyer del 85- y otros rígidos y con precios muy por debajo del mercado -anteriores a 1985-.
Esa dualidad pretende ser quebrada con un doble mecanismo. Por una parte, dotando a los nuevos, contratos de una duración mínima de cuatro años, con actualizaciones anuales en función. del IPC general pasado.
Esta disposición conlleva la derogación del decreto Boyer, "aunque eso no significa que el proyecto de ley tenga efectos retroactivos. Es decir, que se pueden seguir haciendo contratos desde ahora hasta julio sin temor, porque no se verán afectados", recalcó Borrell.
Por otra parte, el proyecto de ley establece una fórmula mediante la cual las rentas de los alquileres sujetos a prórroga forzosa recuperan la inflación que no hubieran absorbido en el transcurso de los años de contrato pasados. Esta norma tiene varias excepciones: que la renta de la familia que habita en la vivienda alquilada no supere 3,5 veces el salarlo mínimo interprofesional -unos 2,8 millones de pesetas-; que el inquilino no acepte la actualización, en cuyo caso se acabará el contrato de alquiler en diez años, o que el inquilino titular tenga 55 años o más. Esta medida se completa con un importante recorte en las subrogaciones. La actualización de la renta y el recorte en la duración de los contratos también afectarán a los locales comerciales.
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