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688 años de cárcel para los hermanos Izquierdo por haber intentado el "exterminio" de Puerto Hurraco

Puerto Hurraco ha comenzado a recuperar la tranquilidad. La Audiencia de Badajoz condenó ayer a los hermanos Antonio y Emilio Izquierdo a 344 años de prisión cada uno como autores criminalmente responsables de nueve asesinatos consumados y seis frustrados. Los ponentes afirman que los dos hermanos prepararon por "venganza" un "plan de exterminio del mayor número de habitantes posible de Puerto Hurraco", que materializaron el 26 de agosto de 1990. Emilío, de 61 años, y Antonio, de 62, pasarán el resto de sus vidas encarcelados.

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La sentencia, de 32 folios, fue leída ayer en la Audiencia de Badajoz ante Antonio y Emilio. El fallo condena a cada uno de los hermanos a 26 años, ocho meses y un día de reclusión mayor por cada uno de los nueve asesinatos consumados; a 17 anos, cuatro meses y un día de reclusión menor por los seis frustrados, y a 150.000 pesetas de multa por daños.Los ponentes de la sentencia -Ramiro Baliñas, Enrique Martínez Montero de Espinosa y Jesús Plata García- sitúan en los antecedentes de los hechos los enfrentamientos que los Izquierdo mantenían desde hacía 30 años con los Cabanillas Rivera. También alude al "anormal aislamiento social" de los hermanos, conviviendo en un grupo cerrado "que sintiéndose subjetivamente perseguido, alimentaba sus propias fobias y obsesiones". Recuerda el incendio de 1984, en el que murió Isabel Izquierdo, la madre, y cómo éstos atribuyeron su autoría a los Cabanillas, haciendo extensivo su odio hacia todo Puerto Hurraco.

Alevosía y premeditación

La sentencia estima que aunque en la vista oral Antonio negó haber disparado contra las víctimas, en las actuaciones sumariales constan declaraciones en las que reconoció que planeó con su hermano Emilio ir a Puerto Hurraco para vengar a su madre "y dar muerte a todas las personas que pudieran". La sala considera que dichas declaraciones tienen pleno valor de prueba. El tribunal aprecia la agravante de alevosía y premeditación, pero no la de nocturnidad.En los fundamentos de derecho se afirma que Emilio y Antonio "no son enfermos mentales" y que "su inteligencia está dentro de lo normal". Los magistrados ponen como referencia que ambos "eran capaces de manejar un rebaño de ovejas de unas 1.000 cabezas" y que tenían fincas arrendadas, "consiguiendo, a pesar de la crisis por la que atraviesa el campo, poseer una cartilla de ahorros con unos diez millones".

Ambos hermanos lo único que padecen es un trastorno de la personalidad, con una idea obsesiva de venganza", pero dichos trastornos no afectan "en nada a su capacidad intelectiva". Tampoco se aprecian, según los informes periciales, "ideas delirantes, ni indicios de elementos psicóticos". En todo caso, lo único que puede apreciarse "es un primitivismo cultural, un empobrecimiento afectivo que determina el desprecio por la vida humana" así como "una idea sobrevalorada de venganza", pero teniendo conciencia de sus actos.

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Así, ambos "pueden estar perfectamente internados en un centro penitenciario". La sala considera la atenuante simple de enajenación mental, lo que, según los ponentes, no entra en contradicción con la premeditación.

Emilio Ángel Caballero Tena, alcalde de Benquerencia de la Serena, localidad a la que pertenece la aldea de Puerto Hurraco, recibía con "satisfacción" la sentencia, y confía en que "éste sea el punto de partida para que dejen en paz a Puerto Hurraco". Pero el hermetismo seguía en Puerto Hurraco hacia la prensa y, a través del teléfono, la gente rehusaba hablar. Si acaso, algún exacerbado: "Tenían que haberlos ahorcado

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