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20.000 detenidos el año pasado

El año pasado fueron detenidos en España 20.286 menores de 18 años, según datos de la Policía Nacional. De ellos, 10.900 tenían entre 16 años (edad que fija la mayoría penal) y 18. 4.922 tenían 14 y 15 años, y 4.464 eran menores de 14 años. La mayoría de las detenciones estuvieron relacionadas con presuntos delitos contra la propiedad (robos con intimidación, hurtos, sustracción de coches y tirones). Por homicidio, se practicaron 39 detenciones, 30 a chavales de 16 y 17 años, 3 a menores de 14 a 16 años, y 6 a menores de 14.El procedimiento con menoreses muy distinto al de los adultos desde el comienzo. Las detenciones dependen de un grupo policial especializado, el Grupo de Menores (Grume), integrado en la Brigada de Policía Judicial.

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De las dependencias policiales el niño pasa al juzgado de menores (ahora hay medio centenar de estos juzgados en España). Tiene lugar entonces una comparecencia con la presencia del niño, sus padres o tutores, el juez y el fiscal de menores y el equipo asesor de educadores y psicólogos (puede estar o no un abogado del menor). Si el caso no se resuelve, se pasa a una audiencia, algo así como un juicio en pequeño, con la necesaria presencia de un abogado defensor. Quede claro que este proceso nunca se seguirá para los menores de 12 años, considerados siempre inocentes.

Las medidas a tomar con esos niños de 12 a 16 años van desde la amonestación, al internamiento de uno a tres fines de semana, a la libertad vigilada por un delegado-educador -vía más defendida últimamente por jueces especializados y psicólogos- y, como máximo, al internamiento en un centro de reforma durante un tiempo que no superará los dos años (centros que dependen de las comunidades autónomas). Según datos de un informe del Defensor del Pueblo, en 1991 había 847 menores en estos centros. Cataluña, por ejemplo, ha optado mayoritariamente por la fórmula de la vigilancia.

Todo este procedimiento queda regulado por la Ley Orgánica de junio de 1992, que vino a cubrir el vacío legal existente sobre la reclusión de los menores delincuentes, al anular el Tribunal Constitucional los preceptos legales vigentes desde 1948 y basados en una ley de 1918. Sin embargo, el Defensor del Pueblo ha denunciado que la ley de 1992 no recoge aspectos esenciales, como el reconocimiento del derecho a la educación.

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