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Los palestinos eligen, los israelíes se retiran

Al texto de la declaración de principios sobre los acuerdos interinos de autonomía se añaden cuatro protocolos referidos a la cooperación israelo-palestina. Los dos primeros son los más importantes, y detallan las condiciones para la celebración de elecciones y la retirada de las tropas israelíes de Gaza y Jericó. Los dos últimos se refieren a los programas económicos y de desarrollo regional.ANEXO I

Protocolo sobre las elecciones

1. Los palestinos que viven en Jerusalén tendrán derecho a participar en el proceso electoral, conforme al acuerdo de las dos partes.

2. Además, el acuerdo sobre elecciones deberá ocuparse, entre otros, de los puntos siguientes:

a) El sistema electoral.

b) El modo de supervisión convenido; los observadores internacionales y su composición.

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c) El reglamento de la campaña electoral, incluidos los acuerdos para la publicidad en los medios de comunicación y la posibilidad de autorizar emisoras de radio y televisión.

3. El futuro estatuto de los palestinos desplazados, censados el 4 de junio de 1967, no se verá perjudicado, dado que no están en condiciones de participar en el proceso electoral por razones prácticas.

ANEXO II

Protocolo sobre la retirada de las fuerzas israelíes de la franja de Gaza y la región de Jericó

1. Las dos partes concluirán y firmarán, en el curso de los dos meses siguientes a la entrada en vigor de esta declaración de principios, un acuerdo sobre la retirada de las fuerzas militares israelíes de la franja de Gaza y de la región de Jericó. Este acuerdo incluirá convenios glo

bales que deben ser aplicados en la franja de Gaza y en la región de Jericó, tras la retirada israelí.

2. Israel retirará rápidamente, y según un programa establecido, sus fuerzas militares de la franja de Gaza y de la región de Jericó, inmediatamente después de la firma del acuerdo. La retirada se completará en un periodo que no superará los cuatro meses.

3. El presente acuerdo incluirá, igualmente, entre otras cosas:

a) Los convenios sobre una transferencia pacífica y armoniosa de poderes de la administración militar israelí a los representantes palestinos.

b) La estructura, los poderes y las responsabilidades de la autoridad palestina en estas regiones, a excepción de la seguridad exterior, las colonias de asentamientos, los israelíes, los asuntos exteriores y el resto de las cuestiones acordadas mutuamente.

c) Los acuerdos para la cesión de la seguridad interior y del orden público a la policía palestina, formada por oficiales de policía reclutados en el interior y en el extranjero (entre aquellos que posean pasaportes jordanos y documentos emitidos por Egipto). Quienes formen parte de la policía palestina y hayan llegado del extranjero deberán ser entrenados como policías y oficiales de policías.

d) Una fuerza o una presencia internacional temporal, tal y como ha sido acordado. e) El establecimiento de una coordinación palestino-israelí y de una comisión de cooperacion para objetivos de seguridad comunes.

f) Un plan de desarrollo y de estabilización económica que incluya un fondo de urgencia para promover las inversiones extranjeras y el apoyo financiero y económico. Las dos partes establecerán una cooperación y una coordinación conjunta y unilateral con las partes regionales e internacionales para alcanzar estos fines.

g) Los acuerdos para un paso de seguridad de personas y medios de transporte entre la franja de Gaza y la región de Jericó.

4. El acuerdo arriba mencionado incluirá los convenios para la coordinación entre las dos partes por lo que respecta al paso Gaza-Egipto y Jericó-Jordania.

5. Las oficinas encargadas de asumir los poderes y las responsabilidades de la autoridad palestina mencionados por el anexo II y el artículo VI de la declaración de principios serán instaladas en la franja de Gaza y en la región de Jericó, a la espera de la inauguración del Consejo.

6. Además de estos acuerdos, el estatuto de la franja de Gaza y de la región de Jericó seguirá siendo parte integrante de Cisjordania y de la franja de Gaza y no será modificado durante el periodo interino.

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