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Catedráticos expertos en derecho fiscal cuestionan los procedimientos de la Agencia Estatal Tributaria

Los catedráticos expertos en derecho fiscal que participan en el curso de la Universidad Internacional Menéndez y Pelayo (UIMP) sobre Sistema tributario y Constitución coincidieron en criticar los privilegios de la Administración frente al contribuyente y cuestionaron la Agencia Estatal de Administración Tributaria, creada en 1991 para asumir, entre otras, las tareas de la inspección fiscal. Aparte de la discutida constitucionalidad de una entidad permanente creada por una ley de presupuestos, el ex ministro de Hacienda y director del curso, Jaime García Añoveros, planteó si la agencia estatal mejora la condición de contribuyentes de los ciudadanos. La respuesta generalizada fue negativa.

Juan Martín Queralt criticó que la agencia estatal utilice criterios privados para reclutar funcionarios y obtener beneficios, ya que se financia con el 16% de lo recaudado. Fernando Vicente-Arche citó un extenso trabajo universitario que mantiene la inconstitucionalidad de dicho ente público/privado, al que calificó de "mezcolanza, híbrido y engendro". Fernando Pérez Royo explicó que la agencia se creó para "tener algo más contentos a los inspectores" y evitar que desertaran y se convirtieran en asesores privados, pero consideró discutible el complemento de productividad que perciben.La exigencia legal española de que las reclamaciones tributarias se presenten ante órganos administrativos previamente antes de que pueda juzgarlas el poder judicial fue otro de los temas polémicos abordados.

Martín Queralt se pronunció a favor de la solución francesa, que ha convertido en voluntaria la vía administrativa, mientras que en España, al ser obligatoria, atenta contra la tutela judicial efectiva sin dilaciones indebidas, porque supone un retraso de cuatro o cinco años en la resolución judicial. García Añoveros justificó que se de opción a la Administración a que rectifique sus errores, pero recordó que la Constitución obliga a todos, por lo que "es viciosa e ilegal", dijo, "la práctica de los tribunales económico-administrativos de decir que ellos no tienen competencia para aplicar la Constitución".

José Manuel Tejerizo criticó la arbitrariedad permitida a la Administración en los procedimientos tributarios, que vulnera los derechos constitucionales a la presunción de inocencia, a ser oído, a conocer la acusación y a defenderse. Recordó que, con razón, la doctrina jurídica habla de que los sometidos a un procedimiento tributario son súbditos, no ciudadanos. Otros privilegios que se reprocharon a la Administración Tributaría fueron que no paga intereses de demora y que, cuando es condenada, sólo paga después de que la sentencia sea firme, mientras que cuando es condenado el ciudadano por fraude al fisco, tiene que pagar intereses desde que se produjo la condena en primera instancia.

Represión del fraude

Uno de los escasos catedráticos de Derecho Financiero y Tributario que pusieron el acento en la eficacia contra el fraude fiscal fue Pérez Royo, quien avaló la represión, incluso penal, de los defraudadores a la Hacienda Pública. Para ello defendió una organización eficiente de la Administración Tributaría, que convenza al ciudadano de que, en una importante proporción, el fraude será descubierto, en lugar de unas sanciones extremadamente duras y amenazantes que, en el fondo, son más una confesión de impotencia que una adecuada represión. Pérez Royo, ex diputado del PCE, acusó humorísticamente a sus colegas, más críticos, de ser "unos antiguos rojos que mantienen un vértigo irrefrenable por la denuncia".Uno de estos catedráticos, José Juan Ferreiro Lapatza, criticó ayer con dureza la inseguridad jurídica que proporciona las normas tributarías, debido a su falta de certeza, porque "no es verdad", dijo, "que las leyes tributarías tengan que ser necesariamente complicadas". Atribuyó la incertidumbre legal a la intervención de economistas, contables e informáticos.

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