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El fiscal pide cuatro años de prisión a un empresario que regularizó su deuda fiscal

El fiscal jefe de la Audiencia provincial de Lérida pidió ayer cuatro años y dos meses de prisión para un empresario que ya había sido absuelto de delito fiscal. El fiscal se ampara en la decisión tomada el viernes por la Audiencia Nacional que considera que sigue existiendo delito fiscal a pesar de que el contribuyente haya regularizado su situación con Hacienda adquiriendo deuda especial si esta compra se ha realizado con la inspección ya abierta. La decisión de la Audiencia revocaba un auto del juez de delitos monetarios, Miguel Moreiras, sobre el caso del IVA.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sostiene que el delito fiscal no se extingue aunque se haya regularizado la situación con Hacienda (ver EL PAÍS de ayer). En concreto, el tribunal se refiere a que la compra de deuda especial cuando ya se ha iniciado una inspección de Hacienda puede ser utilizada como atenuante, pero no como eximente.El fiscal jefe de la Audiencia provincial de Lérida, Jesús Manuel Dolz, invocó ayer esta decisión de la Audiencia Nacional en el recurso presentado contra la absolución del empresario Florencio Solans Sangrà, informa Luis Visa. Solans, consejero delegado de la empresa Piensos Gatnau, fue acusado de delito fiscal por ocultar a Hacienda unos ingresos de 600 millones de pesetas y el impago de la cuota correspondiente, 170 millones de pesetas, en el impuesto de sociedades de los ejercicios de 1984 y 1985.

Solans adquirió 600 millones de deuda especial cuando ya se había denunciado el caso. Teniendo en cuenta este hecho, la juez titular del Juzgado Penal número 1 de Lérida, Yolanda Martínez, absolvió de delito fiscal al empresario en marzo de 1993 al entender que el delito fiscal había desaparecido al acogerse a la regularización fiscal. Con todo, le condenó a cuatro meses de arresto mayor y una multa de 1,5 millones de pesetas por delito contable. La juez se amparó en la letra e) del apartado tres de la disposición adicional 13 de la ley del IRPF de 1991.

Ante las dudas suscitadas en su momento por la ambigua redacción de este apartado, la propia dirección general de Tributos hizo público un dictamen en junio de 1991, en plena campaña de divulgación de la emisión especial de Deuda Pública, en el que sostenía que los contribuyentes que ya estaban siendo inspeccionados tenían también derecho a acogerse a la regularización fiscal. Posteriormente, en marzo de 1992, el secretario general de Hacienda, Jaime Gaitero, reiteró este criterio cuando saltó la polémica precisamente a raíz del caso de las facturas falsas de IVA.

Juan Córdoba Roda, defensor del empresario leridano, afirmó ayer que "no hay delito fiscal porque esta disposición adicional no hace distingo entre quienes ya están siendo inspeccionados y quienes no". Córdoba advirtió que este caso y la revocación del auto de Moreiras "son cosas distintas", aunque no quiso pronunciarse en profundidad sobre el tema hasta no conocer el auto de la Audiencia Nacional.

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