Rebajada de cuatro años a uno la pena para un policía que abusó de una niña
Un tribunal de la Audiencia de Granada, del que ha formado parte como ponente Eduardo Rodríguez Cano -el juez cuya destitución han pedido las feministas por sus polémicas sentencias en casos de violación-, ha rebajado de cuatro a un año la condena impuesta por un juzgado de lo Penal a un policía acusado de estupro. Según la sentencia, no hubo abuso de autoridad de parte de Jiménez contra su víctima, de 14 años, de la que era entonces profesor de ciclismo.
El tribunal niega que el vínculo entre ambos se pueda equiparar al de profesor y alumna. "Es cuestionable", dice la resolución, "que se pueda equiparar a un preparador deportivo de una peña ciclista con un maestro".
Las feministas de Granada ya solicitaron hace mes y medio la inhabilitación del ponente, Rodríguez Cano, y de los otros dos jueces, entre ellos una mujer, que firmaron una sentencia en la que se absolvía a un individuo de un delito de violación debido, entre otros factores, a que la víctima no puso la debida resistencia. Las feministas enviaron un escrito al Consejo General del Poder Judicial y se entrevistaron con el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Manuel Rodríguez López, quien en el encuentro adoptó una actitud "grosera", según ellas.
La última y polémica sentencia de la que ha sido ponente Rodríguez Cano condena al policía local Antonio Jiménez -que está separado de servicio por una falta reiterada al trabajo que él atribuye a los problemas psíquicos que le provocó su separación matrimonial- a un año de prisión por estupro, tres años y dos meses menos que la pena acordada en primera instancia por un juzgado de lo Penal.
La diferencia estriba en que la Audiencia de Granada, si bien considera que hubo estupro con prevalimiento, rechaza que la ascendencia entre el agresor y la víctima se pueda equiparar con la de profesor y alumna.
Este requisito es necesario para aceptar la agravante de abuso de autoridad.
Polémica
Hace dos años el tribunal firmó otra polémica sentencia, de la que también fue ponente Eduardo Rodríguez Cano, en la que se aseguraba que las lesiones que presentaba en los genitales una joven oligofrénica no eran resultado de un forzamiento sexual sino de una "explosión amorosa". El Tribunal Supremo revocó la sentencia y ordenó que se repitiera el juicio una vez que se aportaran nuevas pruebas que la Audiencia de Granada había rechazado.Por otra parte, un hombre de 32 años fue ayer condenado por la Audiencia de San Sebastián a tres meses de arresto mayor y una multa de 200.000 pesetas por incitar en Irún a un chico de 15 a realizar actos sexuales con una muñeca hinchable en su presencia, informa la agencia Efe. El tribunal ve esa conducta como "exhibicionismo y provocación sexual".
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.