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Sólo los socialistas apoyan la ampliación del aborto propuesta por el Gobierno

La Comisión de Justicia e Interior del Congreso, que debate el nuevo Código Penal aprobó ayer la ampliación de la despenalización del aborto a los casos de angustia o ansiedad de la gestante, certificada por un médico. Esta fórmula, propuesta por el Gobierno, fue apoyada sólo por el PSOE, que advirtió que sigue abierto a la propuesta de IU de que la interrupción del embarazo la decida la mujer. Más consenso existió para atenuar la pena de la eutanasia activa, en la que CiU e IU unieron sus votos a los del PSOE.

La ampliación del aborto aprobada añade a los tres supuestos vigentes el que se practique "dentro de las 12 primeras semanas" si la gestante acredita, entre otros requisitos, que un médico le ha certificado "la existencia de un estado de angustia o ansiedad".Por IU, Cristina Almeida se mostró contraria a que la (decisión de abortar esté mediatizada por los jueces, los médicos o los psicólogos. Criticó "la hipocresía" de la fórmula propuesta y aseguró que "la situación de conflicto entre la embarazada y el feto debe resolverla la mujer".

Nacionalistas vacos y catalanes se opusieron a la ampliación. Por CiU, Josep María Trías de Bes vinculó la reclamación del aborto con "grupúsculos o sectores feministas sin otra bandera" y acusó al PSOE de actuar "impulsado por el clima preelectoral".

Luisa Fernanda Rudí criticó la "falta de precisión jurídica de los conceptos angustia o ansiedad" y vio, detrás de ellos, "la introducción del aborto libre". Como mujer, negó "que sea el problema prioritario".

Electoralismo

Álvaro Cuesta, por el PSOE, expresó la necesidad de "evitar la cárcel" por aborto y anunció a IU que reflexionará, "porque seguimos planteándonos", dijo, "si debe dejarse más claro el respeto a la voluntad de la mujer". Negó que esta actitud fuera electoralista, acusación incompatible con que el aborto sólo lo reclama una minoría. La eutanasia activa, ahora penada con hasta 20 años de cárcel, quedó rebajada a de seis meses a seis años, siempre que se trate de actos "directos y necesarios" para causar la muerte de quien la pidió de forma "expresa, seria e inequívoca".

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