_
_
_
_

El Congreso incluye motivos políticos, étnicos o religiosos para conceder el asilo

Los extranjeros que no cumplan los requisitos para obtener la condición de refugiado podrán permanecer en España si aducen motivos de carácter político, étnico o religioso que les hayan obligado a abandonar su país. Así lo aprobó ayer, por unanimidad de todos los grupos parlamentarios, la comisión del Congreso que dictaminó la reforma de la Ley Reguladora del Derecho de Asilo y de la Condición de Refugiado.La reforma fundamental de la ley consiste en suprimir la doble figura del asilado y el refugiado con estatutos distintos por haberse entendido que la protección a los extranjeros no necesita de esa doble figura del asilo y del refugio que, según el texto elaborado por la ponencia del Congreso, ha sido "una fuente de confusión y abusos".

La Comisión Constitucional debatió ayer el proyecto de reforma e introdujo como novedades fundamentales el derecho de los extranjeros a que se les conceda la condición de refugiados si en el plazo de siete días, tras la solicitud, la Administración no ha contestado a su petición.

La comisión, a través de una enmienda del Grupo Socialista ha introducido, así, el silencio administrativo positivo en favor de quienes soliciten la condición de refugiado.

Igualmente, la comisión reforzó en varios puntos la actuación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), en los trámites de concesión de la solicitud de asilo.

Motivos humanitarios

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Izquierda Unida defendió la necesidad de que por motivos humanitarios se concediese la condición de refugiado a determinadas personas aunque no cumpliesen todos los requisitos de la Convención de Ginebra.

Sin embargo, la comisión acabó aprobando, por unanimidad, una enmienda transacional propuesta por los socialistas y que, textualmente, establece que "por razones humanitarias o de interés público podrá autorizarse, en el marco de la legislación general de extranjería, la permanencia en España del interesado, cuya solicitud haya sido inadmitida a trámite o denegada, en particular cuando se trate de personas que como consecuencia de conflictos o disturbios graves de carácter político, étnico o religioso se hayan visto obligadas a abandonar su país y que no cumplan los requisitos" que señala la propia ley.

En definitiva, esta modificación está pensada, fundamentalmente, para resolver la acuciante realidad de muchos ciudadanos procedentes de la antigua Yugoslavia.

Francisco Valls, el diputado portavoz socialista en la comisión del Congreso, se mostró satisfecho con la solución adoptada, mientras José Luis Núñez, en nombre de Izquierda Unida, destacó que sigue siendo un acto discrecional de la Administración pública el permitir la estancia en nuestro país a estas personas.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_