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Italia decide 'privatizar' el trabajo de sus funcionarios

Los funcionarios italianos podrán ser despedidos. Sus jefes tendrán la autonomía necesaria para imponer la jornada partida, decidir traslados dentro del territorio italiano y organizar los horarios sin más limitaciones que un ejecutivo del sector privado. Todo ello en virtud de una nueva norma aprobada por el Gobierno el pasado viernes, por la que la relación laboral de los empleados del Estado pasará a regirse por el derecho privado.

La norma entrará en vigor inmediatamente después de su publicación la próxima semana. La Administración de Giuliano Amato la ha elaborado con poderes delegados específicos, de modo que la ley no tendrá que ser debatida por el Parlamento. Sólo ciertas categorías, como los magistrados, los abogados del Estado, los miembros de las fuerzas del orden, los militares y los diplomáticos, seguirán siendo funcionarios plenos, con condiciones laborales regidas por leyes específicas. Médicos de la sanidad pública, enseñantes y más de 3,5 millones de empleados de la Administración central o de las regionales pasarán a regularse por el Derecho Civil y el Estatuto de los Trabajadores.Frente a una decisión de traslado de ciudad o destino, un empleado público no tendrá en lo sucesivo más alternativa que acogerse al paro durante dos años. Si al cabo de ese tiempo mantiene su negativa al cambio, el cese se convierte en definitivo. El contrato laboral también podrá rescindirse por ineficacia del trabajador u otras causas legítimas en el sector privado.

La medida ha sido mal acogida por el funcionario de base, que advierte que su capacidad contractual se verá notablemente mermada, sin que ello garantice una mayor eficacia del sector público. La nueva ley refuerza además los mecanismos del control de la masa salarial pública y de las nuevas contrataciones.

Los críticos señalan que las razones de la ineficacia de la Administración hay que buscarlas sobre todo en su infradotación de medios y en las leyes atrasadísimas que regulan el trabajo burocrático.

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