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La Fiscalía sostiene que regularizar la situación tributaria no extingue el delito fiscal

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha afirmado que la existencia de delito fiscal no se anula porque el autor del fraude a Hacienda haya regularizado su situación tributaría. Nadie defiende, indica el fiscal, que se debe dejar de perseguir al autor de un robo cuando, tras ser descubierto, devuelve lo robado. Esta tesis ha sido expuesta por el fiscal en el recurso que ha presentado contra la decisión del juez Miguel Moreiras, de archivar el proceso contra más de 250 empresas implicadas en el caso de las facturas falsas del IVA.

Esta argumentación recoge muy claramente la postura del Fiscal en los llamados delitos económicos que afectan a presuntos fraude fiscal y falsedad en documentos, tanto públicos o mercantiles. Casi con toda seguridad, ésta será la línea que el Ministerio Público seguirá en el caso del Banco Santander y otros procesos que instruye el juez de Delitos Monetarios.La Fiscalía destaca: "En el artículo 349 del Código Penal, que es el que se refiere al delito fiscal, no encontramos nada que nos haga pensar que el citado delito no se ha cometido por el simple hecho de haber realizado una declaración complementaria en cualquiera de sus formas. Si el legislador lo hubiera querido así lo podía haber hecho constar expresamente ( ... ) pero no ha sido así". El recurso del fiscal recuerda que respecto a los delitos monetarios el legislador introdujo la posibilidad de atenuar la responsabilidad si se repatriaba el dinero evadido, pero no en el delito fiscal.

"No cabe considerar que por el simple hecho de haber regularizado su situación con Hacienda se extingue la responsabilidad criminal", añade el fiscal. "Quizás sería más adecuado decir que ha desaparecido la responsabilidad civil derivada del delito".

También`agrega que si dos empresas han cometido delito fiscal, no parece justo no perseguir a la que ha regularizado y hacerlo con la que no ha podido hacerlo por no disponer de medios.

Falsedad también es delito

El fiscal se opone también a la consideración de Moreiras de que los delitos de falsedad (emitir o comprar facturas falsas para cometer fraude fiscal) eran un medio para realizar otro delito."¿Qué ocurriría", se pregunta el fiscal en el recurso, "en el supuesto de que para conseguir una licencia de obra y construir una vivienda se presentaren ante los organismos competentes para autorizar la construcción con unos documentos fálsos?". Construir una vivienda no es delito, pero no puede dejarse de castigar la falsedad cometida para conseguir la autorización.

El recurso del fiscal supone un fuerte varapalo al juez Moreiras al que crítica que haya afirmado que el derecho penal tenga una función "recaudatoría". "Tampoco parece que tenga mayor sentido" precisa el fiscal, "el decir que lo que se pretende es hacer contribuyentes, no delincuentes. Nadie desea hacer a nadie delincuentes y no se pretende.

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