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Un homosexual será indemnizado por la muerte de su pareja

La Audiencia de Madrid ha reconocido por primera vez que un homosexual, cuya pareja falleció en un accidente laboral, tiene derecho a recibir una indemnización del seguro obligatorio, ya que es "el principal perjudicado" por el fallecimiento. Así se recoge en el fallo que confirma otro dictada el pasado marzo en la que se reconocía que la indemnización por la muerte del travestido Antonio Hurtado Carmona debía ser pagada a José Hernández Pulido, con quien mantuvo durante 10 años una "convivencia con apariencia marital".

Antonio Hurtado falleció el 29 de abril de 1990 al ser atropellado por un coche poco después de salir de su trabajo de ayudante de cocina en un restaurante de Madrid.Su compañero sentimental, José Hernández, que cobra una pensión por incapacidad laboral, reclamó entonces a los tribunales su derecho a percibir una pensión de viudedad y la indemnización del seguro obligatorio por la muerte de Hurtado, ya que sostenía que hasta su muerte mantuvo con él una relación "puramente matrimonial". La primera de las demandas fue rechazada por un juez, que estimó que la ley exigía para ello que hubiera vínculo matrimonial y que el fin de tales pensiones no tenía "por estricta finalidad atender a una situación de necesidad o defensa económica".

Otro juez reconoció que José Hernández tenía derecho a la indemnización del seguro obligatorio por la muerte de su compañero "al existir entre ambos una relación de convivencia con apariencia marital entre personas del mismo sexo". La última sentencia se hizo firme después de que la Audiencia de Madrid desestimara el recurso contra la misma presentado por un familiar del muerto.

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