El Constitucional ampara a EL PAÍS en una demanda de derecho al honor
El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo formulado por Juan Luis Cebrián, anterior director de EL PAÍS, la periodista María José Porteiro y Promotora de Informaciones S. A , contra una sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo y otros órganos jurisdiccionales que condenaron a este diario por intromisión ilegítima en el derecho al honor.La sentencia del Tribunal Constitucional anula las anteriores sentencias y establece que un error deslizado dentro de una información veraz, con relevancia pública y cuyo autor ha actuado con diligencia para indagar la verdad, no es motivo de sanción.
El reportaje cuestionado, firmado por María José Porteiro y publicado en agosto de 1984, se refería a la forma en que los vecinos de Cangas de Morrazo (Pontevedra), "salieron tras su párroco, armados de garrote, a disuadir de la manera más directa a los desnudistas de la playa de Barra, situada en dicho municipio, de su actitud indecente de bañarse sin ropa".
En la información se decía que el párroco era el de Hío, Andrés Carril Pardo, cuando en realidad se trataba del párroco de Viñó. Advertido el error, EL PAÍS rectificó la información, publicando el desmentido el día de mayor tirada del periódico, con idéntico espacio y tamaño de caracteres.
Según el Constitucional, "no cabe apreciar en el informador y en el medio de comunicación una actitud negligente e irresponsable en la indagación de la veracidad de lo informado". La pronta corrección posterior de la información parcialmente errónea, añade la sentencia, "es sin duda reveladora de la actitud del medio de información o del periodista en la búsqueda de la veracidad".
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