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Reabierto el caso por la muerte del estudiante Ruano en 1969

Inminente decisión sobre el juicio contra tres policías o el archivo de la causa, 23 años después de los hechos

B. DE LA CUADRA, La versión oficial de la muerte de Ruano dada en 1969 por la policía fue que, con ocasión del registro del piso séptimo del número 60 de la entonces calle General Mola, el joven detenido "inopinadamente emprendió una corta carrera" y "sin llegar a la escalera, se arrojó a un patio interior, falleciendo en el acto".

A punto de cumplirse los 20 años del fallecimiento, el 20 de enero de 1989, la familia de Ruano pidió que se reabriera el caso. Para ello, Beatriz Ruano, hermana de Enrique y procuradora de los tribunales, aportó una serie de, testimonios de distintos vecinos, que aseguraron no haber declarado en su momento por miedo, pero que lo hacían ahora ante el remordimiento que tenían, ya que, coincidían, "en ningún caso se trató de un suicidio". El periodista Emilio Lahera, que había investigado el caso Ruano, hizo también llegar a la familia Ruano una nota manuscrita por su ex compañero de Interviú Julián Lago, que transcribía una llamada telefónica recibida en la redacción de la revista: "...Lo tiraron los policías secretas desde una de las ventanas. Cayó por el otro lado y no por el fotografiado. El portero lo vio. 'Eso ha sido un accidente', le recomendaron los policías, al marcharse del inmueble".

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La juez de instrucción número 5 de Madrid, Cristina Cadena Cortina, de 30 años, comunicó la petición de apertura del caso al fiscal, que se opuso, por considerar que el posible delito había prescrito. La juez rechazó la reapertura del caso, pero la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que recurrió la familia, ordenó a la juez investigar. Entre otras diligencias, la juez Cadena tomó declaración al ex periodista de Interviú que había transcrito aquella llamada. El 18 de mayo de 1090 Julián Lago reconoció su letra, pero dijo que, dado el tiempo transcurrido, no recordaba otros detalles de la llamada.

Impulso a la investigación

La llegada al juzgado de instrucción número 5 del magistrado José Alberto Gallego Laguna, de 33 años y procedente de una Magistratura del Trabajo, dio un impulso a la investigación. El juez Gallego trató en primer lugar de subsanar la deficiente investigación realizada en 1969 por el titular del juzgado en aquella época, Francisco Javier Ruiz-Ocaña y Remiro, un juez que tenía 49 años cuando le correspondió levantar el cadáver de Ruano y que, en palabras de uno de sus compañeros de entonces en los juzgados de instrucción de Madrid, sitos en la antigua Casa de Canónigos -hoy sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid-, "era conservador y bastante débil, no tenía carácter nigenio, aunque era buena persona".

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La autopsia ofrecía muchas lagunas y no se hizo una reconstrucción de los hechos porque faltaban las llaves del piso desde donde cayó el estudiante Ruano. Pero tales llaves estaban depositadas en el Juzgado de Instrucción desde poco después de que ocurrieran los hechos. Durante el mes de noviembre de 19901' el juez Gallego tomó declaración a los tres policías implicados, los tres en activo en aquel momento, con la categoría de comisarios: Francisco Luis Colino Hernán, que prestaba servicios en la Jefatura Superior de Policía; Jesús Simón Cristóbal, comisario de Torrejón de Ardoz, y Celso Galván Abascal, comisario jefe de la comisaría del distrito de Tetuán.

El 19 de diciembre de 1990, unos días después de las declaraciones de los tres policías -que asistidos por el abogado José María Serret Moreno-Gil, se ratificaron en la versión del suicidio-, se reconstruyeron los hechos, y el 28 de enero de 1991 se realizó la exhumación del cadáver, en el que se observó que había sido serrado con una cizalla un fragmento del hueso de la clavícula, a la altura de la cual, en la primera descripción del cadáver, se había apreciado una herida "contusa redondeada" que dos de los forenses de 1969 atribuyeron a que Ruano pudo encontrar un clavo en su caída, versión considerada harto improbable por los forenses que intervinieron en 1991 (véase más información en página siguiente).

Terminada su investigación, el 12 de julio de 1991 el juez Gallego, dio por concluido el sumario sin procesamientos, por falta de indicios de criminalidad suficientes. En nombre de la acusación particular, el catedrático de Derecho Penal José Manuel Gómez Benítez recurrió tal resolución y pidió la apertura de juicio oral contra los tres policías. En cambio, el fiscal consideró correcta la resolución y se ratificó en su criterio inicial de la prescripción del delito [los asesinatos prescriben a los 20 años].

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid -integada por los magistrados Jesús Angel Guijarro López, presidente, Carmen Compaired Plo y María José de la Vega Yanes- decretó el archivo de las actuaciones el 7 de mayo de 1992. La sala aceptó el criterio de prescripción sostenido por el fiscal y declaró "extinguida la responsabilidad criminal que pudiera derivarse, en su caso, por causa de prescripción"..

Contra esta resolución recurrió en súplica el acusador particular, quien recordó que la prescripción ya fue invocada por el fiscal y, tras analizarla, el tribunal había ordenado en su día reabrir el caso. Gómez Benítez pidió a la sala que entrara en el fondo del asunto y, en todo caso, que antes de adoptar una decisión, diera traslado a la defensa de los policías. El fiscal. insistió ante la sala en la prescripción del delito. La familia Ruano, por su parte, solicitó el secreto de las actuaciones.

El 1 de julio de 1992 se produjo la última resolución, por el momento, sobre este caso. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, siguiendo el criterio del fiscal, denegó el secreto de las actuaciones y dio traslado a las defensas para que, en el plazo de 10 días', se pronunciaran. Una vez cumplimentado este trámite, la sala decidirá en fecha inminente sobre la conclusión del sumario y después sobre si tal conclusión se acompaña del procesamiento de los policías y la apertura del juicio oral contra ellos o, por el contrario, se sobresee la causa. Si la sala se ratifica en que el delito ha prescrito, la familia Ruano tendrá derecho al recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Al margen de la solución Jurídica que finalmente se adopte, la reapertura judicial del caso y la investigación realizada denuncian por sí mismas, con todas las dificultades que el tiempo ha colocado, la represión del sistema franquista, amparada por un poder judicial débil y la insensibilidad de una opinión pública, en gran parte cómplice de aquella situación.

Versión periodístico-policial

En conexión con la versión oficial dada por la policía sobre la muerte de Ruano, el periódico Abc publicó un editorial y un extracto del supuesto diario personal de Ruano, que trataba de mostrar una personalidad depresiva, proclive a las decisiones extremas. Con ello, perpetró un grave atentado contra la verdad y la vida privada.

Cuatro meses después, a instancias de la familia, asesorada jurídicamente por el abogado Marcial Fernández Montes, Abc tuvo que rectificar y reconocer la manipulación de unas hojas manuscritas facilitadas por la policía. El entonces juez y hoy magistrado del Tribunal Constitucional Carlos de la Vega, recuerda así lo ocurrido: "Yo era muy amigo de Fernández Montes, que hizo hincar la rodilla al Abc, que tuvo que rectificar".

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