La patronal bancaria, contraria al envío de las actas
"La Administración no puede enviar a una comisión del Congreso de los Diputados las actas de inspección del Banco de España", señala un dictamen elaborado por la asesoría jurídica de la Asociación Española de Banca (AEB). El informe, que ha sido remitido oficiosamente a la autoridad monetaria, dice en sus conclusiones que pueden negarse a enviar documentación al Parlamento "cuando existan razones fundadas en derecho para ello".El documento, realizado por el responsable de la asesoría jurídica, Enrique Pifiel, aborda dos asuntos diferentes. En primer lugar, analiza si existen o no limitaciones a las facultades del Congreso de los Diputados a solicitar documentación a los órganos administrativos, y posteriormente dilucida sobre si el Banco de España puede negarse a entregar los informes de inspección de Ibercorp.
Sobre el primero de los temas, el dictamen se sustenta sobre el artículo 7.2 del Reglamento del Congreso para concluir que sí existen limitaciones. Ese artículo dice, entre otras cosas, que "la Administración requerida deberá facilitar la documentación solicitada o manifestar al presidente del Congreso, en plazo no superior a treinta días, las razones fundadas en derecho que lo impiden". Añade el informe que todos los ciudadanos. españoles tienen la obligación de comparecer ante las comisiones del Parlamento que les requieran, pero que la legislación defiende que las Cámaras deben velar por "el secreto profesional, la cláusula de conciencia y los demás derechos constitucionales".
El informe analiza a continuación el caso Ibercorp y se refiere al Real Decreto Legislativo 1298 / 1986 de 28 de junio, que adapta el Derecho española al de la CE. Cita el apartado 3 de ese decreto: 'Tas autoridades competentes no podrán publicar, comunicar ni exhibir a terceros los datos o documentos reservados, a no ser previo consentimiento expreso de los remitentes y, en su caso, de los interesados afectados".
La AEB concluye que la Administración puede negarse a enviar documentación al Parlamento cuando existan razones fundadas en derecho para ello; que una de esas razones es el secreto profesional; y que las actas de inspección del Banco de España a las entidades de crédito están protegidas por el derecho profesional. Por todo ello, afirman que "la Administración no puede enviar a una Comisión del Congreso de los Diputados las actas de inspección del Banco de España".
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