La CE pretende atajar con una directiva los abusos en el moderno negocio de la multipropiedad
La Comisión Europea ha aprobado un proyecto de directiva para atajar los abusos en los contratos de multipropiedad o compra de un apartamento o chalé por varios propietarios que ni siquiera se conocen. El sistema está en boga en las zonas turísticas, y España, por este motivo, fue denunciada hace unos años en el Parlamento Europeo como el país de las estafas inmobiliarias. La CE se ve obligada a actuar por las denuncias que los Gobiernos de Alemania, Bélgica, Holanda y el Reino Unido han trasladado a la Comisión.
Karel van Miert, comisario responsable de la defensa de los consumidores, manifestó que se trata de sentar las bases mínimas de protección en los contratos para el disfrute de bienes inmobiliarios en régimen de disfrute a tiempo parcial o compartido.La nueva norma obligará a las empresas a proporcionar una información completa y a garantizar al adquirente un plazo de reflexión antes de la firma del contrato. De los 12 países de la Comunidad, sólo Francia, Portugal y Grecia tienen legislaciones específicas, aunque muy diferentes entre ellas.
En la actualidad existen en Europa más de 300.000 propietarios compartidos, a los que la facilidad para comprar un mes al año de propiedad de una casa en la playa les lleva a ser presa fácil del abuso o las estafas por parte de ciertas empresas.
Aunque en España no existe norma jurídica específica para regular este tipo de multipropiedad, nuestro país se ha convertido en un paraíso de los abusos, según denunció en octubre de 1988 el eurodiputado Edward McMillan-Scott ante el Parlamento Europeo. En él se denunciaba la "cultura de la corrupción" y señalaba a España como el país de las estafas inmobiliarias principalmente contra turistas extranjeros que se establecen en la costa mediterránea.
Elementos del contrato
El proyecto de directiva fija los elementos mínimos del contrato de multipropiedad, también llamado time share (reparto temporal del disfrute y los beneficios del bien inmobiliario).
El periodo mínimo de reflexión antes de la firma será de 14 días si la compra se realiza en el mismo país o de 28 días cuando la operación es sobre un inmueble situado en Estado comunitario diferente al del comprador. La mayoría de las adquisiciones, según la Comisión Europea, son transfronterizas.
En el contrato deberá especificarse claramente el tipo de disfrute a que tiene derecho y las fechas exactas de uso, el coste total para el comprador, las cargas anejas y las instalaciones comunes de las que se beneficia el inmueble.
[En España, según denuncian las asociaciones de consumidores y usuarios, ante la ausencia de regulación legal, la mayoría de las empresas ha optado por hablar de propiedad, aunque lo que se vende es el derecho de usufructo. La mayoría de las quejas se refiere a las presiones que ejercen sobre los posibles clientes los vendedores de multipropiedad].
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