El Supremo y la coIza
UNA CONDENA rigurosa por la tragedia del síndrome tóxico es una cuestión que, tanto o más que a las víctimas reales del envenenamiento colectivo, afecta a la sociedad española en su conjunto, potencial e indiscriminado blanco de las prácticas comerciales que causaron la muerte de cientos de personas y dejaron estigmatizadas, física y psíquicamente, a varios miles más. Era importante que los tribunales de justicia aplicasen a un caso de tan fuerte impacto social, siempre dentro de los parámetros del Código Penal, los que fueran más adecuados a la naturaleza de los hechos, así como los más disuasorios frente a cualquier pretensión de impunidad.La sentencia del Supremo responde plenamente a estas exigencias. Cuando hace ahora tres años la Audiencia Nacional dictó su fallo en el proceso de la colza, ya se puso de manifiesto la desproporción entre la levedad de las penas impuestas a los culpables -en general, las mínimas correspondientes al delito de imprudencia temeraria- y la naturaleza y consecuencias de su acción criminal. Al elevar las penas de forma sustancial -prácticamente las cuadruplica-, de acuerdo con otras previsiones contempladas en el Código Penal (la que castiga con penas de reclusión menor, es decir, entre 12 y 20 años, al comerciante que causare la muerte de alguien con productos alimenticios nocivos, consintiendo o aceptando la eventualidad del daño), el Supremo restituye la dimensión reparadora que es consustancial a la justicia y fortalece las defensas de la sociedad ante el riesgo de ataques como el perpetrado en este caso.
El Supremo no sólo ha dado satisfacción, en el marco de la ley, a las víctimas de la tragedia de la colza en cuanto a las penas impuestas a los culpables de su desgracia. También se ha mostrado flexible en cuanto al reconocimiento del número y categorías de los afectados, que ha venido oscilando entre los 20.000 y los 25.000. El aumento de afectados, aunque exiguo en relación con los miles que integran el colectivo, tiene consecuencias en cuanto a la percepción de las correspondientes prestaciones económicas y sociales, y, fundamentalmente, ante el posible pago de indemnizaciones por parte del Estado. Esta eventualidad no está ni mucho menos descartada. El interés de la justicia por sacar adelante el llamado sumario de los altos cargos, del que podría derivarse la responsabilidad subsidiaria del Estado, muestra que todavía no están saldadas del todo las secuelas penales y civiles de la mayor catástrofe sanitaria de la España moderna.
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