El Supremo declara ilegales las multas de la ORA
Los madrileños no tienen por qué pagar las multas de la Operación de Regulación de Aparcamientos (ORA), según una sentencia del Supremo dictada gracias al tesón de un abogado que un día de enero de hace siete años se encontró en el parabrisas del coche un papelito blanco. El letrado recurrió una y otra vez esa denuncia en diferentes circunstancias, hasta llegar al más alto tribunal ordinario, cuya decisión se hizo pública ayer. No obstante, aún queda por saber si el Ayuntamiento seguirá aplicando o no estas sanciones a partir de ahora, pues el fallo judicial sólo tiene validez para el ciudadano que recurrió. Aún hace falta una sentencia más para crear jurisprudencia. Por otro lado, es previsible que las autoridades locales recurran en amparo ante el Tribunal Constitucional, alegando algún defecto de forma.
Los 400 empleados municipales de la ORA -que en otro tiempo eran cobradores de autobús y fueron detraídos de la plantilla de la EMT en 1980- no son ninguna autoridad. La Sala Tercera del Tribunal Supremo considera que se trata de unos ciudadanos como otros cualesquiera, y que por tanto sus denuncias no están revestidas de las prerrogativas de los policías. Así pues, las multas derivadas de su trabajo no son legales. Sólo podrían tener validez si estuvieran acompañadas de más pruebas o testimonios, igual que la denuncia de cualquier vecino. Lo que no ha sido el caso hasta ahora.La sentencia íntegra será publicada hoy por la revista judicial La Ley. Su texto señala que, el 5 de enero de 1985, el controlador de la zona de estacionamiento de la ORA en la plaza de la Villa de París, lugar donde se enclavan la mayoría de los edificios judiciales, denunció un turismo estacionado en ese lugar, propiedad del ingeniero industrial y abogado Eduardo Rodríguez González.
El multado presentó un pliego de descargo ante el Ayuntamiento, en el que aseguraba estar protegido por la presunción de inocencia que establece la Constitución, frente a una denuncia que no se podía dar por buena automáticamente.
El Ayuntamiento respondió con un decreto en el que confirmaba la sanción impuesta.
El decreto explicaba que el Código de Circulación autoriza a los municipios a dictar bandos, ordenanzas y reglamentos para ordenar el tráfico y que cualquier persona puede denunciar hechos que infrinjan dicho código.
El abogado recurrió ante la antigua Audiencia Territorial de Madrid (hoy Tribunal Superior de Justicia) y negó los hechos. Dijo que en la denuncia no aparece su nombre, por lo cual no fue él el infractor, en el caso de que el hecho se produjera. También negó el carácter de agente de la autoridad a los vigilantes de las zonas de estacionamiento vigilado.
La Audiencia dio la razón al abogado en 1988, el Ayuntamiento recurrió el fallo y el Supremo lo ha confirmado ahora.
Rodríguez anima a recurrir
Esta vez ha ganado Rodríguez. Sin embargo, en agosto del pasado año ganó el Ayuntamiento. A Rodríguez le habían multado por aparcar en la plaza de El Carmen y demandó al Ayuntamiento diciendo que la Ora es ilegal, porque se dictaba desde un simple bando. No obstante, el Supremo la declaró legal. En aquel caso se cuestionaba la base, de la ORA (el bando correspondiente dictado por el alcalde socialista Enrique Tierno en 1980). Ahora se ha cuestionado con éxito su aplicación por personas que no son policías.
La lucha de Rodríguez contra aquel bando es larga.
El asegura que no guarda un rencor especial contra este bando, sino que la tarde en que le pusieron la primera denuncia en vez de irse al cine escribió un pliego de descargo ante el Ayuntamiento. "Los ciudadanos deberían hacer eso en los 15 días siguientes a la multa. Pero claro, no lo hacen porque pagar la defensa cuesta más que la multa", declaró Eduardo Rodríguez a Francisco Peregil.
En efecto, un pliego de descargos con asesoramiento de un letrado cuesta unas 5.000 pesetas. Y la multa, 1.500 pesetas si se paga en los 15 días siguientes a la denuncia, o 2.000 si se cumple la sanción después.
La sentencia del Supremo conocida ayer no tiene una aplicación inmediata para todos los ciudadanos. Solamente sirve para quien, interpuso el recurso. Para que se cree jurisprudencia, en España son precisas dos sentencias con igual contenido. Por otro lado, es previsible que el Ayuntamiento recurra en amparo ante el Tribunal Constitucional, alegando algún defecto de forma.
La sentencia no incluye ningún pronunciamiento sobre una eventual devolución de las multas cobradas hasta ahora.
Las cantidades que percibía el Ayuntamiento por este concepto han sufrido un fuerte descenso, porque la maquinaria municipal no disponía de medios para aplicar las sanciones.
Sin embargo, en los últimos meses se han manejado propuestas destinadas a hacer efectivo el pago de forma eficaz, bien mediante el descuento en las cuentas bancarias de los infractores, o bien con la detracción de la cantidad correspondiente en las declaraciones de la renta negativas (es decir, restando las multas de la cantidad que Hacienda debe devolver).
El alcalde
El alcalde de Madrid, José María Álvarez del Manzano, del Partido Popular, que asistió anoche al pregón de las fiestas del barrio de San Antón, mantuvo el siguiente breve diálogo con José Antonio Hernández:
- Alcalde, hoy se ha hecho pública una sentencia que declara legales las multas que imponen los controladores de la ORA. ¿Qué opina el Ayuntamiento al respecto?
- Aún no hemos estudiado la sentencia detenidamente, aunque tendremos que adaptarnos a ella. De todas formas, los controladores de la ORA no son los que ponen las denuncias en la actualidad. Sólo se dedican a informar a los agentes de la policía local de los vehículos que infringen la normativa, y son éstos quienes realmente efectúan la denuncia.
-La sentencia, no obstante, dispone que han de ser los agentes locales quienes tramiten desde el principio las infracciones e invalida cualquier acción de los actuales empleados. ¿Dispone el Ayuntamiento de suficientes policías municipales para controlar estos estacionamientos?
-Bueno... Tenemos que estudiar la situación, aún no lo sé.
La anterior sentencia sobre la ORA -la ya citada favorable al Ayuntamiento- dio origen a unas declaraciones del actual teniente de alcalde, José María Huete, en las que aseguraba que los controladores son un cuerpo en extinción y que el sistema de sanciones funciona mal. También apuntó que el Partido Popular estudiaba soluciones a este problema.
Ayer Huete ignoraba el contenido de la sentencia, según informa Ana Alfageme.
"El gabinete jurídico", dijo Huete, "no me ha informado sobre esta decisión judicial". Por tanto, prefirió no hacer comentarios sobre el fallo del Tribunal Supremo.
El concejal de Circulación, José Antonio García Alarilla, no se encontraba ayer por la tarde en su despacho.
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