Aclaraciones
En El, PAÍS del 24 de noviembre pasado, y bajo la firma de Francisco Peregil, se publicó un artículo relativo a la situación de la morosidad de los compradores de viviendas en la Comunidad de Madrid, concretamente en la sección dedicada a Madrid, página 1, bajo el título Entrampados hasta el cuello.
En dicho artículo se menciona al Banco Hipotecario cuando se dice que Ios morosos del BH no existen o lo hacen sólo a medias", "Ies han quitado las casas que nunca pagaron", "a pesar de la benevolencia del Banco Hipotecario"... De la lectura de este texto se podría derivar una idea poco exacta de la realidad y la práctica del BHE en este aspecto de su actividad.
El BHE mantiene una política rigurosa en materia de recuperación de débitos. Dadas las especiales características de su cartera de clientes (el 86,3% corresponde a titulares de viviendas de protección oficial), se facilita el pago fraccionado de las deudas producidas mediante fórmulas de aplazamiento en los casos de deudores con muy bajos niveles de ingresos que accedieron a unas viviendas a cuyo pago no podían hacer frente a través del mecanismo, ya superado, de Ia subrogación obligatoria de los compradores en el préstamo a promotor. En los casos en que se adoptan por los prestatarios posturas abiertamente negativas en orden a la regularización de los débitos, el banco procede a la ejecución de las garantías para alcanzar el recobro de las cantidades prestadas, ejecución que transcurre mediante un procedimiento judicial con todas las garantía legales, proceso que no puede calificarse de quita de viviendas por parte del BHE a sus prestatarios.
Por último, y respecto a la benevolencia del banco, le aclaro que de 13.735 préstamos con deuda en la Comunidad de Madrid, 2.501 se encuentran en los juzgados para que se subaste la vivienda hipotecada; 5.511 están requeridos de pagos a través de notario, trámite previo para su pase al juzgado, y 2.826 están regularizando su deuda mediante aplazamiento de los pagos no cubiertos. Los restantes 2.897, con morosidad más reciente, han sido objeto de reclamación por escrito o mediante telegrama, que es el paso previo al requerimiento y posterior procedimiento judicial si no se produce reembolso,-
Presidente del Banco Hipotecario de España.
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