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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Sinfonía judicial

DE LAS instituciones nacidas con el advenimiento de la democracia en España, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) -órgano de gobierno de los jueces- es una de las que está teniendo más dificultades para asentarse social y políticamente. Once años después de su creación, no hay consenso sobre su diseño definitivo, y la controversia sobre sus funciones y competencias tiene el aire de una sinfonía inacabada.En la reciente comparecencia de su presidente, Pascual Sala, ante la Comisión de Justicia del Congreso, el debate sobre esta cuestión volvió a reproducirse. Sucede año tras año, con ocasión del trámite obligado de la presentación de la memoria anual del Consejo al Parlamento. Su anterior presidente, Antonio Hernández Gil, no rehuyó plantear explícitamente tal debate en los últimos años de su mandato, y el actual, aunque tácitamente, ha convenido que la discusión sigue abierta. Es obvio que esta situación no favorece en nada la estabilidad institucional del CGPJ, pone en cuestión su capacidad operativa ante los problemas de la justicia y lastra el debate sobre el funcionamiento de esta última como servicio público, que es lo que realmente preocupa a los ciudadanos.

Las fuerzas parlamentarias, y principalmente la socialista, deberían convenir en la necesidad de cerrar cuanto antes este debate político-institucional y establecer de una vez por todas, de forma consensuada, el marco de funciones y competencias del CGPL Ello no es tarea sencilla, sobre todo por la dificultad de delimitar las áreas competenciales del Ministerio de Justicia, por una parte, y el Consejo General, por otra. En principio, al Ejecutivo le corresponde la responsabilidad de la política judicial en lo que se refiere al funcionamiento de los tribunales como servicio público, y al CGPJ, la de garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de la potestad jurisdiccional que les atribuye la Constitución. Pero la evidente interconexión entre ambos aspectos produce ciertas zonas de rozamiento.

Parece coherente que el CGPJ, y no el Ejecutivo, tenga todas las competencias relativas al estatuto orgánico de los jueces y magistrados, incluida la selección de los candidatos a la judicatura. Y ello porque es dificil no ver en tales competencias un instrumento indispensable para ejercer con eficacia la función institucional básica atribuida al CGPJ, que es garantizar la independecia jurisdiccional de los jueces, y no defender sus intereses corporativos. No parece, sin embargo, tan coherente desde esta perspectiva que el CGPJ asuma la competencia relativa a la gestión de los medios materiales de la Administración judicial.

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Desde diversas ópticas, todos los grupos parlamentarios de la oposición están de acuerdo con tal planteamiento. Y por lo que se ha visto en la reciente comparecencia del presidente del Consejo en el Congreso, el Grupo Socialista está ahora algo más receptivo al respecto. En realidad, los socialistas deberían ser la formación política menos mezquina a la hora de atribuir competencias al CGPJ después de reforzar su legitimación democrática con su histórica decisión de atribuir al Parlamento la elección de sus miembros.

Corolario obligado de esta decisión es responsabilizar al máximo al CGPJ en la política judicial. Sería la forma de salir al paso de la acusación constante de politización del Consejo, basada precisamente en la, elección parlamentaria de sus miembros, y de poner fin a una polémica que debilita institucionalmente a este organismo y aparta, en alguna medida, su atención de los verdaderos problemas de la justicia.

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