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El Consejo de Ministros aprobó ayer una reforma del mercado hipotecario que permitirá a abaratar los préstamos

. El Consejo de Ministros que cerró el curso político tuvo un mareado carácter económico. Al margen del debate sobre los presupuestos de 1992, que centró la reunión, el Gobierno adoptó numerosas medidas económicas, entre las que destaca un real decreto que reforma el mercado hipotecario. Esta norma, uno de los pilares del Plan de, Vivienda, tiene como objetivo "abaratar los préstamos hipotecarios", según señaló la ministra Portavoz, Rosa Conde. El Consejo de Ministros aprobó en su reunión de ayer un real decreto que modifica el funcionamiento del mercado de crédito hipotecario. La principal novedad que introduce esta norma es que las entidades financieras podrán ceder a terceros los créditos hipotecarios que conceden a sus clientes. Esta medida permitirá que bancos y cajas de ahorros saquen de su balance los créditos cedidos, con lo que tampoco soportarán coeficientes.De esta forma, las entidades financieras asumirán un menor coste por los créditos hipotecarios, lo que permitirá un abaratamiento de los préstamos. Además, las participaciones hipotecarias de esos créditos cedidos se negociarán en Bolsa, con el objetivo de abaratarlos aún más.

Un punto menos

Si bien Rosa Conde no cuantificó la repercusión que esta medida podría tener sobre la evolución de los tipos de interés de los créditos hipotecarios, los cálculos efectuados tanto por el Ministerio de Economía y Hacienda como por diversos agentes financieros apuntan a que la reforrna del mercado supondrá en la práctica un abaratamiento de cerca de un punto.

Este nuevo m rcado hip tecario es uno de Ios pilares b Bicos del Plan de Vivienda que el Gobierno no debatirá en profundidad hasta el mes de septiembre.

El real decreto aprobado ayer pretende, de forma prioritaria, facilitar a las entidades que no ofrecen créditos hipotecarios su refinanciación mediante la emisión de valores especiales (cédula y participaciones hipotecarías) garantizadas por dichos préstamos. En lo relativo a la cédulas hípotecarias, se introdcen dos sigificativos tipos de modificaciones:

Respecto a los prestamos hipotecarios que si ven de cobertura a las cédulas , se eleva del 10°% al 20%, el Porcentaje de los que pueden concederse para inmuebles en construcción.

Para las cédulas hipotecarias emitidas con la garantía de los préstamos, se faculta a todas las entidades de crédito para emitirlas, en lugar de que sólo puedan hacerlo las especializadas en crédito hipotecario. Además, se incluye a las participaciones hipotecarias entre los prétamos que pueden servir de garantía a la emisión de las cédulas.

Por lo que atañe a las participaciones hipotecarias, el real decreto las define como cesiones de crédito hipotecario. Es decir, que la entidad financiera emisora cede su consideración jurídica de acreedor al particular que tome la participación hipotecaria.

Por último, la nueva normativa señala expresamente que los fondos de pensiones y otras instituciones financieras podrán invertir sus reservas técnicas en valores hipotecarios.

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