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Eguiagaray asegura que ignora el propósito de Defensa de vetar el acceso de insumisos a empleos públicos

El ministro de Administraciones Públicas, Juan Manuel Eguiagaray, ha declarado a EL PAÍS que desconoce que el proyecto de ley del Servicio Militar inhabilite a los insumisos para optar a un empleo de oferta pública. "Mi departamento", dijo el ministro, "no tiene conocimiento de que la prestación personal que significa el servicio militar tenga que ser tomada en cuenta a la hora de tener un acceso a la Administración pública".

, El proyecto de ley del Servicio Militar, que el Gobierno podría aprobar este viernes, señala que para acceder a las ofertas de empleo público, e incluso para poder licitar en la prestaciones de bienes o servicios a las administraciones públicas, "será necesario acreditar fehacientemente el haber cumplido el servicio militar o, en su caso, la prestación social sustitutoria o presentar el correspondiente certificado de exención de ambas obligaciones", según publicó el domingo el diario Abc y han ratificado fuentes del Ministerio de Defensa.Este párrafo obliga a modificar la actual legislación sobre acceso a las ofertas de empleo público y sobre contratos con las administraciones del Estado, por lo que resulta sorprendente la ignorancia alegada por el ministro Eguiagaray, durante la visita que realizó el pasado lunes a Las Palmas de Gran Canaria, para asistir a la toma de posesión del presidente regional, Jerónimo Saavedra.

Tres juristas, expertos en derecho administrativo, consultados por EL PAÍS, José María Serret, Francisco Ruiz Risueño y Óscar Alzaga, han calificado como "antijurídica", "inconstitucional" y "disparate", respectivamente, la posibilidad de que se inhabilite de por vida a los insumisos, que se niegan a realizar tanto el servicio militar como la prestación sustitutoria para el acceso a empleos o concursos públicos.

Todos ellos subrayan que el cumplimiento de una pena salda la deuda del condenado con la sociedad y que va contra el principio de reinserción de los presos el mantenimiento perpetuo de un déficit de derechos respecto a los demás ciudadanos.

Óscar Alzaga, ex dirigente democristiano y catedrático de derecho constitucional, asegura que "no tiene sentido que delitos de mucha mayor transcendencia penal prescriban totalmente con el tiempo y, en cambio, se mantenga a los insumisos una especie de antecedente penal singular. Eso equivaldría a crear una casta de ciudadanos de segunda categoría".

Defensa matiza

Fuentes del Ministerio de Defensa han manifestado que en muchos países europeos, como Francia o Italia, se exige haber cumplido los deberes militares para poder acceder a empleos públicos.

Igualmente, matizaron que la inhabilitación de los insumisos sólo durará hasta que cumplan la pena que les fuera impuesta, ya que, al término de la misma, se les clasificará como exentos del servicio militar, por lo que ya nada les impedirá participar en oposiciones o concursos públicos.

Esta interpretación restrictiva del párrafo incluido en la ley del Servicio Militar, la única jurídicamente admisible según los expertos es, sin embargo, "redundante", en opinión de los mismos. El propio proyecto de ley, que traslada a la jurisdicción civil la competencia para juzgar a los insumisos, señala que estos serán castigados con hasta ocho años de cárcel y "la inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena".

Dicha inhabilitación comprende la imposibilidad de acceder a empleos públicos por lo que resulta absurdo, a juicio de las fuentes consultadas, insistir en este extremo. Respecto a la prohibición de licitar en concursos públicos, sería fácil burlarla, agregan las mismas fuentes, a través de una sociedad anónima u otra personalidad jurídica distinta al insumiso.

En los últimos meses, algunos sectores militares han defendido la necesidad de que se decretara lo que ellos mismos denominan la muerte civil de los insumisos, con el argumento de quienes no cumplen con sus deberes cívicos tampoco pueden disfrutar de sus derechos como ciudadanos. Dicha muerte civil consistiría en la privación de todos los derechos políticos: el de voto, el de optar para cargos de elección popular, el de acceder a empleos públicos y el de obtener contratos de las distintas administraciones del Estado.

La fórmula elegida por el Ministerio de Defensa no da satisfacción completa a estas aspiraciones, pero pretende transmitir el mensaje de que se va a perseguir con el máximo rigor la insumisión.

[El tribunal militar territorial segundo de Sevilla ha condenado al insumiso navarro Francisco Javier Leoné Osés a la pena de 18 meses de prisión por un delito consumado de negativa a la prestación del servicio militar, informa Mikel Muez. La pena es la mayor impuesta hasta ahora en España a un insumiso. El consejo de guerra se celebró a finales del mes de junio en la ciudad andaluza].

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