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LA ARMONIZACIÓN FISCAL EUROPEA

Acuerdo en Luxemburgo

El mercado será el encargado de aproximar las retenciones y los impuestos directos

La presidencia de Luxemburgo se ha tomado la armonización indirecta muy en serio y ha dado la sorpresa en el semestre que acaba de concluir. En los seis meses de su presidencia, Luxemburgo ha logrado impulsar sendos acuerdos sobre un tipo mínimo de IVA e impuestos especiales, que deberán aplicarse obligatoriamente a partir de 1993.Diversas fuentes involucradas en las negociaciones admiten que nadie esperaba un avance sobre fiscalidad tan importante ocupando la presidencia de. la Comunidad un país en el que casi es un pecado pagar impuestos. Pero en una reunión histórica, el Consejo de Ministros de Economía (Ecofin). logró cerrar el pasado lunes un acuerdo sobre los impuestos indirectos. El acuerdo, sin embargo, queda pendiente de la aprobación definitiva del Reino Unido, y no habrá directiva hasta que no haya unanimidad entre los 12 países miembros.

Para los principales impuestos directos -sociedades y renta- no ha habido negociaciones porque está plenamente asumida, la tesis del anterior ministro británico de Finanzas y hoy primer ministro, John Major, según la cual no es necesario armonizar nada y deberá ser el propio mercado el que se encargue de acercar las fiscalidades cuando haya libertad plena de movimientos de capitales, a partir de 1993. Su sucesor, Norman Lamont, ha mantenido el discurso liberal de Major.

André Autrand, jefe del gabinete de la comisaría de fiscalidad, Christiane Scrivener, admite que en los casos del IRPF y el impuesto sobre beneficios de las empresas, la armonización no está en "la mesa de negociaciones" ni en el calendario.

Competencia y fiscalidad

En opinión del eurodiputado español y experto en temas fiscales Joan Colom, lo previsible es que la competencia del mercado haga bajar la fiscalidad sobre las rentas del capital. "Si España está aplicando una retención del 25% a los rendimientos financieros y en Alemania hay retención cero, España deberá aproximar su tasa a Alemania si quiere mantener el flujo inversor hacia el país", dice gráficamente Colom. Colom recuerda la marcha atrás del canciller alemán Helmut Köhl cuando puso en marcha una retención del 10% sobre los rendimientos financieros.

La competencia está servida y los países con mayores problemas de déficit público y endeudamiento pueden llegar a tener serios problemas para bajar sus tipos impositivos directos. En España, donde el enfriamiento económico está motivando una baja de recaudación que ha disparado el déficit público, las consecuencias presupuestarias del trastoque de tipos europeo pueden afectar al presupuesto, según el Ministerio de Economía.

Tras el acuerdo sobre IVA e impuestos especiales, el próximo objetivo de la Comisión Europea es aproximar o armonizar las retenciones que gravan el ahorro. Según André Autrand, a partir de 1993 la Comisión Europea quiere negociar la aplicación de una retención mínima en la fuente común y liberatoria sobre los rendimientos del ahorro. A juicio de Autrand, esa tasa podría situarse en torno al 10% de los rendimientos del ahorro.

De momento, los Doce seguirán manteniendo tipos distintos en el impuesto de sociedades y de mínimos y máximos del IRPF (véase el cuadro). La existencia de mercados financieros en competencia no parece ser la única causa para no abordar una armonización de la imposicióri directa.

El profesor alemán Albert Rádler, miembro del comité de expertos fiscales que asesora a la comisaría Scrivener, pone el dedo en la llaga cuando dice que existe una resistencia natural de los gobiernos a ceder soberanía. Rädler -acaba de participar en Barcelona en el seminario La fiscalidad en el mercado interior europeo, organizado por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo- afirma que los gobier nos se resisten a ceder competencias porque los actuales ministerios de Hacienda "casi deberían desparecer después de una refor ma fiscal importante".

Armonización fiscal

Sobre la posibilidad de armoni zar la fiscalidad directa, no es más optimisma Josep Santacana, fiscalista y vicepresidente de la Confederación Fiscal Europea Santancana recuerda que la armonización de la 5scalidad sobre beneficios empresariales y renta "no ha avanzado nada en toda la vida de la Comunidad. Hace tres años hubo una propuesta de armonización que fue a parar a un cajón".

Santacana opina que la decisión de la comisarla Scrivener de crear, el pasado mes de enero, un comité de expertos para debatir si conviene armonizar las bases imponibles ha sido un atraso. Estos expertos, según Santacana, se están preguntando sobre la convenlencia de aplicar los tipos impositivos en el impuesto de sociedades o dejar éstas al albedrío de la competencia.

Sin embargo, Santacana cree que resultaría fácil llegar a un acuerdo sobre la definición de las bases imponibles para el impuesto de sociedades: "Bastaría con aplicar la cuarta directiva que regula las normas de contabilidad a aplicar para lograr bases imponibles comunes". "¿Por qué no se aplica esta base?", se pregunta Santacana. "Pues porque no habrá unificación impositiva hasta que no haya.unidad política, y para ello ha de haber un presupuesto común", se contesta a sí mismo.

El resultado de esta falta de armonización sobre los impuestos directos es que seguirán en vigor los actuales tipos que cada país está aplicando sobre los beneficios empresariales (véase el cuadro). Estos tipos se mantendrán a partir de 1993, y en todo caso es competencia de cada país modificarlos un¡ lateralmente. No existe ni está previsto fijar tipos mínimos.

Países como el Reino Unido, Luxemburgo o Bélgica podrán seguir manteniendo libremente sus actuales tipos bajos en impuesto de sociedades e incluso bajarlos más.

Frente a la ausencia de acuerdos y de perspectivas claras para aproximar los impuestos directos, el semestre que acaba de concluir se ha saldado con acuerdo sobre el tipo mínimo de IVA, la autorización para aplicar tipos de IVA superreducídos a algunos países, como España, y la fijación de mínimos y máximos en los llamados impuestos especiales sobre la gasolina, alcoholes, vino, champaña, cava y tabaco (véase la página adjunta).

Con el IVA ha habido armonización, pero el acuerdo alcanzado permite la convivencia de diversos tipos de IVA entre 1993 y 1995. A partir de ese momento, algunos países, como España, deberán renegociar la posibilidad de mantener un tipo reducido para algunos productos y servicios, como productos farmacéuticos, material escolar, transportes, libros y hostelería.

Tipos distintos

La consecuencia final de todo el acuerdo de armonización del IVA es que podrán existir tipos distintos en cada país, pero siempre por encima del 15%, que es el umbral mínimo que todos los paises tienen que cumplir a partir del 1 de enero de 1993. El pago del IVA se realizará siempre en el país de destino, explica el jefe de la división del IVA en la Comisión, Michel Aujean.

Los principales efectos para España de la aplicación de un IVA mínimo del 15% son que deberá subir hasta ese umbral el actual tipo del 12%. Lo mismo le ocurre a Luxemburgo, el otro país que junto con España tiene su tipo de IVA por debajo del 15%. España y Luxemburgo habrán de subir su IVA del 12% al 15% en los próximos 18 meses, y podrán elegir entre hacerlo de golpe o poco a poco.

Con el acuerdo sobre el IVA alcanzado por los ministros de Economía el pasado lunes, desaparece el tipo incrementado del 33% que España aplica a automóviles, joyas y pieles. Lo mismo le ocurre a Italia, con su IVA incrementado del 38%, o a Grecia, donde hay un IVA del 36% para productos de lujo.

Los automóviles en España deberán bajar de precio, aunque el ministro de Economía, Carlos Solchaga, ha anunciado la creación de un impuesto especial para compensar la bajada de recaudaclón derivada de la desaparición del tipo del 33%.

Como compensación a la subida del IVA del 12% al 15%, España podrá, aplicar un tipo superreducido (del 1% al 5%) para algunos productos de primera necesidad. El secretario de Estado de Hacienda, Antonio Zabalza, ha explicado que así se podrá compensar el efecto inflacionista de la subida del IVA.

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