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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Arraigo legal

LA PROPOSICIÓN no de ley aprobada esta semana en el Congreso para completar el proceso de regularización de la Ley de Extranjería de 1985 persigue legalizar la situación de los extranjeros que, llegados después de ese año, hayan vivido y trabajado de forma estable en nuestro país. Como dice el texto propuesto por los socialistas, de aquellos que puedan demostrar su "inserción y arraigo".Parece prevalecer en ese enunciado la intención de normalizar la vida de un importante colectivo de extranjeros, afincados en España en ocasiones desde hace una década o más. Pero al mismo tiempo, la proposición hace hincapié en los mecanismos para controlar la entrada en nuestro país y subraya la necesidad de modernizar el funcionamiento de las fronteras. También alude a una especie de filtro para que el inmigrante que entre en España lo haga en función de las necesidades de mano de obra que tiene la economía de nuestro país. Hasta ahora, la población migratoria realiza los trabajos de menor valoración social, en condiciones de sobreexplotación en la mayoría de los casos y careciendo de los derechos y prestaciones sociales del resto de trabajadores: son siervos de la gleba tanto como extranjeros.

Este doble objetivo de la iniciativa ha suscitado la lógica preocupación en los colectivos que representan a la población inmigrante. El control de la entrada provoca suspicacias entre el colectivo extranjero, acostumbrado ya a que, en la práctica, el principal objetivo de la Ley de Extranjería consista en un cerco policial que concluye con expulsiones del país. El procedimiento de detención e internamiento previo a la salida de España, que comporta la privación de libertad y en muchas ocasiones condiciones de vida infrahumanas, ha sido uno de los principales puntos conflictivos de la ley, contra la que se llegaron a presentar recursos ante el Tribunal Constitucional.

Algunos episodios han contribuido al recelo del extranjero que, después de trabajar durante años en España, ha visto cómo le eran tendidas algunas trampas por las administraciones. No están tan lejanos los casos de un alcalde que dispuso la fabricación de carnés de identidad especiales para la población extranjera con el fin de recontar cuántos estaban en situación ilegal.

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La nacionalidad de origen es un factor determinante para el futuro de un forastero establecido en España. Las directrices de los gobernadores civiles y los criterios policiales, plasmados a veces en circulares internas inaccesibles, son distintas si se trata de trabajadores filipinos, marroquíes o del resto de África. Un grupo aparte lo conforman los ciudadanos de Estados Unidos y de otros países desarrollados. Los baremos son distintos. Y en el caso de las expulsiones, la Administración tiene en cuenta factores tan dispares y proclives a la arbitrariedad como la seguridad ciudadana, la situación familiar o el coste de los pasajes de traslado al país de origen. Se ha producido incluso la detención policial -con objeto de expulsión- de ciudadanos de países con los que España ha suscrito acuerdos que posibilitan el derecho al trabajo sin necesidad de trámites o permisos previos.

Una auténtica regularización de la Ley de Extranjería debería acabar además con las contradicciones del aparato administrativo para legalizar la residencia y el permiso de trabajo. Actualmente, la concesión del permiso de trabajo depende del de residencia y viceversa. La confusión procesal es de tal calibre que en ocasiones un extranjero ha sido detenido para su expulsión cuando se estaba tramitando el permiso laboral. En suma, perfeccionar la Ley de Extranjería debería equivaler a simplificar los procedimientos de legalización de las situaciones de los inmigrantes, evitando al máximo actuaciones policiales encaminadas únicamente a la expulsión, y, obviamente, reconocer al trabajador de otro país los derechos que por ahora le son negados.

Con los retoques actuales, en algo podrá avanzarse. Habrá que contrastar los avances en la letra con su aplicación en la práctica. Pero aun así queda un largo trecho por recorrer. La cuestión de los trabajadores procedentes de otros países ni puede ni debe limitarse al encuadramiento legal en la normativa sobre extranjería. Es exigible una política de inmigración a largo plazo y una acción exterior que saque el máximo partido a la política comunitaria de inversiones y fomento al desarrollo autónomo de los países del norte de África. Todavía está pendiente un debate social profundo sobre qué clase de Europa social queremos: encastillada en su propio bienestar o proyectada como locomotora económica de una región más amplia, desde la convicción de que su riqueza histórica nace del mestizaje, del cruce de razas y culturas.

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