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El Banco de España obliga a bancos y cajas a identificar a los titulares de los talones de puño

El Banco de España ha enviado un escrito a la Asociación Española de Banca Privada (AEB) y a la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) en el que regula el uso de los cheques al portador -también denominados cheques de puño-. El banco emisor, que muestra su oposición a que esos cheques se utilicen como activo financiero, establece los criterios para la identificación de sus titulares, al tiempo que salvaguarda la de aquellos cuyos fondos provengan de la liquidación de activos financieros opacos al fisco, como los afros o los pagarés del Tesoro.

El escrito del Banco de España viene a poner orden en una práctica utilizada por algunos bancos para la ocultación de dinero negro. Fuentes de la Administración estiman en 2,00.000 millones de pesetas los fondos que han escapado al control de Hacienda por esta vía.El Banco de España, que ha enviado el escrito a las instituciones financieras, tras haberles planteado el tema y de acuerdo con el Ministerio de Economía y Hacienda, reconoce que durante 1990 se pudo detectar "un incremento importante de los saldos que recogen los chques al portador emitidos por bancos y otras entidades de depósito en tanto no se cobran, así como una prolongación del plazo que aquellos tardan en hacerse efectivos".

Depósitos de fondos

Ello parece indicar, según la nota, que los cheques al portador están siendo utilizados por sus tenedores como instrumentos de depósitos de fondos, "lo que supone una distorsión de la función económica que les asigna la ley cambiaría y del cheque".

Además de regular la identificación de los titulares de los cheques de puño; el Banco de España reconoce en su escrito que éstos se han venido utilizando como activo financiero por el que se pagaban intereses, al afirmar textualmente que "no debe propiciarse la utilización de los cheques al portador como activo financiero" y que no se considera buena práctica la remuneración de tales saldos". Fuentes directivas del banco emisor han señalado que "no siempre, pero en ocasiones, se remuneraban los saldos existentes en esta partida.

En todo caso, el escrito, de obligado cumplimiento a partir de hoy para todas las entidasdes financieras, establece que "la personalidad de sus compradores [la de los cheques al portador] deberá quedar identificada, al igual que la de los titulares de otros saldos transitorios". La nueva orden del Banco de España establece dos excepciones, la de los cheques que procedan de la liquidación de los pagarés del Tesoro, que siguen siendo el último reducto para el dinero negro propiciado por la necesidad de financiar de forma barata el déficit, y los afros (activos financieros con retención en origen). En estos dos casos se admite que la identificación sea sustituída por una referencia a los activos liquidados. La Asociación de Banca Privada (AEB) mediante un comunicado señaló ayer que "es indudable que los nuevos requisitos de identificación de los cheques al portador librados por las entidades financieras van a restringir notablemente su utilización y se producirá, por tanto, un traslado desde este instrumento hacia el efectivo".

Sin sobresaltos

La Asociación Española de Banca Privada considera que los nuevos requisitos permitirán la extinción de los activos tales como pagarés del Tesoro, anunciada por Economía sin sobresaltos ya que el anonimato de sus poseedores queda protegido por la identificación referida al propio activo, en vez de la persona.

Por su parte, el director general, de la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), Germán Pérez Ollauri, dijo ayer que las cajas de ahorros "colaborarán a ciegas con el Banco de España en cualquier medida que clarifique el mercado y la ortodoxia financiera".

La práctica de las cuentas secretas saltó a la opinión pública durante el pasado mes octubre y vino a engrosar la lista de instrumentos utilizados para ocultar dinero negro.

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