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Tribuna:GIRO SOCIAL EN EL URBANISMO
Tribuna
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Ruina y defensa de los vecinos

El recrudecimiento de los problemas de la vivienda y de las declaraciones de ruina y los desahucios a que actualmente asistimos requiere hacer ver que la rehabilitación urbana constituye una primordial obligación de las Administraciones públicas, que no debe trasladarse a los usuarios de los inmuebles. Y esto es así por múltiples razones, la primera de las cuales es que esos usuarios no son culpables, sino víctimas, de la antigüedad y deterioro de las fincas. Y siendo además la rehabilitación muy costosa económicamente, se han de utilizar para llevarla a cabo otros medios de financiación que el de cargarla sobre los ocupantes de las casas, y menos aún sobre quienes permanecen en ellas en alquiler.Siendo de señalar que en los informes y estudios sobre la evolución de la economía española en los últimos años aparece frecuentemente la advertencia de que la presión fiscal y las magnitudes de los presupuestos públicos han crecido entre nosotros a un ritmo superior al de otros muchos países, y en particular a los europeos. ¿Y qué se hace con tanto dinero como se recauda? ¿Y a qué se destina el copioso gasto público que está aumentando tan aceleradamente? ¿Por qué la rehabilitación urbana no tiene en ese gasto la prioridad que, sin duda alguna, merece? A estos propósitos cabe comparar, por ejemplo, los flujos de ingresos y los presupuestos que tenía el Ayuntamiento de Madrid hace 12 años y los que tiene ahora.

Antecedentes europeos

La rehabilitación urbana subvencionada cuenta con relevantes precedentes en otras latitudes europeas. Así, en Gran Bretaña se inició en 1949 una vasta política en tal sentido, habiéndose rehabilitado cerca de cuatro millones de viviendas gracias a la concesión de ayudas públicas, para tal fin.

Ello es que nosotros, aquí y ahora, tendríamos que poner urgentemente en marcha amplios programas de rehabilitación, partiendo de la reserva de una cierta parte de los distintos impuestos y tributos para constituir un fondo de financiación preferente destinado a este específico objetivo y con vistas a evitar desalojos y desahucios. Y para mejor impedir éstos, procede también que se modifiquen diversas normas, bastante discutibles, de la legislación sobre el suelo, la expropiación forzosa y los registros de solares.

No menos urgente resulta restablecer y reforzar la estabilidad en los arrendamientos y moderar sustancialmente sus precios, pues con los actuales alquileres carísimos y de paso no puede esperarse que los inquilinos sometidos a semejante régimen se interesen por el mantenimiento y la mejora de las casas.

Por otra parte, los municipios y las comunidades autónomas tienen que incrementar progresivamente sus patrimonios de suelo y de viviendas públicas, destinando adecuados cupos de éstas para el realojo de vecinos desahuciados.

Y el realojo no ha de concebirse como una concesión graciable de la Administración, sino como un derecho de los afectados, a los que, además, el cambio de vivienda no debe suponerles un quebranto o desequilibrio en su situación económica.

Carlos Alfonso es abogado y asesor de diversas organizaciones.

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