Las rentas del trabajo inferiores al millón no tendrán que declararse
Los contribuyentes con rentas del trabajo de menos de un millón de pesetas no soportarán retenciones ni estarán obligados a declarar a partir de 1991. El resto de las rentas deberán declararse cuándo superen las 400.000 pesetas y, hasta el millón, soportarán un tipo impositivo del 20%, el mínimo de la tarifa. Esta diferencia de trato se justifica, según el secretario de Estado de Hacienda, para intensificar el control sobre las rentas que declaran empresarios, agricultores y profesionales, generalmente muy bajas.
La exención de retención y tribuición de los ingresos inferiores 1 millón se introducirá a final de año en el decreto que actualice las retenciones tras la aprobación de los presupuestos, según aseguró ayer José Borrell explicando el nuevo IRPF, aprobado por el Gobierno el viernes. Este mínimo exento y la aplicación del splitting (sistema que consiste en sumar las rentas del matrimonio, dividir por dos, apliar la tarifa y volver a multiplicar por dos) para los cónyuges con menos de dos millones de ingresos que opten por la declaración conjunta convierten a Ias rentas del trabajo más bajas en las principales beneficiarias de la reforna", según aseguró Borrell. Las rentas empresariales, sin embargo, se verán sometidas a un mayor control. Las más bajas, porque la obligación de declarar se extiende desde las 680.000 peetas actuales hasta las 400.000, las restantes, porque se intensiica el control sobre qué parte del matrimonio es del empresario y cuál pertenece a su actividad irofesional. El anteproyecto de ley amplía as características de las sociedades profesionales que están soietidas al régimen de transparencia fiscal, es decir, aquellas en is que el rendimiento de la emresa se atribuye íntegramente a las partícipes en la sociedad. Con el nuevo IRPF se imputarán a los artícipes, como parte de su reni, los rendimientos de las socieades en las que el 50% o más de los ingresos procedan de activiades profesionales, artísticas o deportivas. Página 37,
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.