Una vivienda
Señores ciudadanos necesitados de una digna vivienda, "una", que esto es lo que contempla el artículo 47 de nuestra Constitución. Este artículo no ha sido respetado, ya que, como sabemos, quienes tenían que velar por este artículo 47 han sido los primeros en deteriorarlo para convertirlo en un río revuelto para ganancia de pescadores. Ahora, con el Plan 18.000, que autoriza a cooperativas para aparentar que no se revuelve más el río y poder seguir lavándose las manos como Pilatos, les ha venido como anillo al dedo.Señores ciudadanos, no quiero desanimarles y quitarles la esperanza, ya que tengo argumentos para ello porque también soy un sufridor, pero ojo con las cooperativas. Creo que tendría que autorizar el Ayuntamiento sólo una cooperativa vecinal, y ésta en su reparto de solicitudes de una vivienda, una, y que sea controlada de tal manera que en la solicitud de cada individuo necesitado, éstas fueran examinadas por su empadronamiento que se tiene en nuestro Ayuntamiento con motivo de que le fuera asignada dicha vivienda lo más cerca posible de donde trabaja, o al menos lo más cerca a su medio de comunicación.
De momento, el Ayuntamiento tiene que aclarar las solicitudes para que sean adjudicadas esas viviendas a los trabajadores, ya que hay vivienda suelta, al menos por mi barrio, y como digo para trabajadores, no como hasta ahora sin separar las merinas de las churras, que esto es otra cosa de los buenos humanitarios mandatarios.-
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