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Condenado a dos años y cuatro meses de cárcel por falsificar un abono de metro

Ricardo López Rubio, de 35 años, ha sido condenado por la juez Ana Isabel Gómez García a dos años, cuatro meses y un día de prisión y a 50.000 pesetas de multa por pegar su fotografía en un abono de transportes de la Comunidad de Madrid (CAM) extendido a nombre de otra persona. Este abono, que sirve para desplazarse en autobús y metro por un periodo de un mes y que cuesta unas 3.000 pesetas, tiene para la juez la consideración de "documento oficial".

El 19 de febrero de 1989, Ricardo López Rubio fue retenido por un vecino junto a la puerta de un garaje de Ciudad Pegaso, urbanización próxima a Madrid. Ricardo López Rubio, despertaba recelos entre los vecinos de Ciudad Pegaso debido a sus antencedentes por dos delitos de robo por los que había sido condenado a sendas penas de multa. El vecino le retuvo al sospechar que intentaba forzar la puerta del garaje, aunque él, en el juicio, alegó que se había acercado a la puerta del garaje porque no podía aguantar las ganas de orinar.Llegó la policía, le llevaron a comisaría y al registrarle le encontraron un abono de trasriportes de la Comunidad de Madrid a nombre de José Luis G.A., en el que Ricardo López Rubio "había puesto una fotografia suya". Se trataba de un abono de 3.000 pesetas, de validez mensual, de los que permiten a su titular desplazarse en metro y autobús.

La sentencia de la juez de lo penal número 6 de Madrid, Ana Isabel Gómez García, señala que no ha quedado probado el delito de tentativa de robo, "pues las declaraciones del testigo no han puesto de manifiesto más que una actitud sospechosa por parte del acusdo, al encontrarse con las manos sobre la puerta de la cochera, a lo que se añade el recelo que puede inspirar una persona a la que se conoce como de mala conducta". Aunque la juez absuelve a López Rubio de este primer delito, le condena por otro de falsedad en documento oficial del artículo 303, en relación con el 302.9. del Código Penal.

"La adhesión por el acusado de su fotografia al abono de transporte, conociendo que éste pertenecía a otra persona, con el propósito de que pasase por auténtico y para poder hacer uso del transporte público, constituye el delito de falsedad en documento oficial" señala la juez en su sentencia.

Pena "desproporcionada"

La juez entiende que el carácter del documento "ha de considerarse oficial" pues tal carácter tienen "todos los que provienen de las Administraciones Públicas, para satisfacer las necesidades del servicio o función pública". La sentencia añade que el abono de transportes "es un documento expedido por la Comunidad Autónoma de Madrid, que tiene por finalidad acreditar a su titular como autorizado para utilizar los transportes públicos sin satisfacer el precio del viaje".

El abogado Sergio Santos Suárez de Alejandro, defensor de López Rubio, manifestó que la sentencia le parecía "desproporcionada" y "alarmante". "Considero que la sentencia es equivocada porque hay sentencias anteriores que especifican que cuando se altera un elemento esencial de un documento púbico, la pena correspondiente es de arresto mayor (entre un mes y un día y seis meses).

Los preceptos penales por los que ha sido condenado el acusado se refieren a la falsedad de documentos públicos, oficiales y de comercio y conllevan pena de prisión menor (de seis meses y un día a seis años) para sus autores.

Sergio Santos indicó, por el contrario, que la tarjeta de transportes de la CAM debió considerarse por el juzgado un "documento de identidad" y debió aplicarse el artículo 309 del Código penal, que prevé penas de arresto mayor para el que alterase en un documento de identidad verdadero alguna circunstancia esencial.

Aunque el abogado ya ha recurrido la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid, teme que Ricardo López Rubio comience a cumplir la condena antes de que se vea el recurso, ya que puede transcurrir "un año o más" antes de que la Audiencia señale la apelación.

"En la actualidad, mi defendido se encuentra en prisión preventiva por otra acusacion de robo frustrado, y en cuanto acabe esta situación, comenzará a cumplir esta condena. Al ser reincidente, no es necesario que la se ntencia sea firme para que comience a cumplir la condena", añadió Sergio Santos.

El abogado insistió en que a pesar de los antecedentes de Ricardo López Rubio, la falsificación del abono de transportes de Madrid daría lugar a su primera condena a una pena de cárcel.

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