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CONCERTACIÓN SOCIAL

El capital, social

La creación de empleo y la contención salarial, dos objetivos prioritarios en los sistemas de reparto de beneficios

El primer objetivo es reforzar la creación de empleo. De cerca le sigue otro aún más conocido: actuar como un mecanismo de contención de los costes salariales y, de paso, los financieros. Dos pájaros a matar con un solo tiro: el del ahorro de las empresas y su reinversión en actividades productivas de la economía real. Estos tres ejes son comunes a todos los proyectos de fondos de inversión que se han discutido o intentado en los, países más avanzados. Queda por ver su aplicabilidad en España.

Modelos de fondos, al menos en teoría, no faltan. Se puede optar por fondos individuales, en los que cada trabajador es propietario de las acciones, o colectivos, en los que parte de la riqueza que se produce en las empresas debe pertenecer colectivamente a los trabajadores. Los fondos, además, pueden organizarse desde cada empresa, a nivel sectorial o a un más amplio nivel global.Cualquiera de las seis posibles combinaciones ha contado con defensores que respaldaban su potencia para lograr esos objetivos de mayor-democracia económica -que amplíe la influencia de los trabajadores en su empleo, sus salarios y sus condiciones de trabajo-, una política salarial más solidaria -que colabore en la lucha contra la inflación-, y el fomento del ahorro empresarial -que asegure la reinversión en actividades productivas generadoras de empleo en lugar de alimentar la economía financiera-.

La participación de los salarios en los beneficios puede ser una forma de vacunar al capitalismo contra la inflación, además de constituir un arma contra el desempleo. Los fondos intentan garantizar que la moderación salarial va a contribuir a aumentar la inversión productiva de la economía y a evitar que esos recursos se canalicen hacia el consumo.

En España, además, la armonización fiscal de los impuestos sobre sociedades exigirá la elevación del tipo efectivo de cotización, lo que permitiría desviar parte del aumento de la recaudación a los fondos de inversión.

El debate abierto sobre los fondos pasa por elegir un modelo en línea con lo que en otros países se ha discutido y, con más o menos énfasis, se ha puesto en práctica. Aparte del sistema sueco, países como Francia, Italia, la RFA y, con matices, Reino Unido han puesto en marcha algún sistema de participación de los asalariados en los beneficios empresariales.

Francia creó, en 1967, un mecanismo de participación obligatoria de los asalariados en los beneficios de las empresas. Esos fondos van a una reserva especial que no se distribuye en cinco años.

El principal objetivo, en Italia, era reducir las diferencias regionales. Los fondos de solidaridad, creados en 1980, respondían al propósito de combatir el paro y la inflación, y de reducir las diferencias regionales. Estos fondos se financian con un 0,5% de los salarios de los trabajadores, que prestan esos fondos por cinco años, con reembolso de principal e intereses al final del periodo.

La RFA es uno de los primeros países en los que se introdujeron fórmulas de formación de capital colectivo en manos de los trabajadores financiados por los beneficios y gestionados a un nivel más elevado que el de la empresa. La ley de los 624 marcos de 1965 prevé la creación de fondos de ahorro con el apoyo de incentivos fiscales. Los trabajadores deben, individual o colectivamente, aceptar que su empresario transfiera una parte de su salario a cuentas abiertas a su nombre.

El Reino Unido no se ha especializado propiamente en fondos de inversión. El sistema británico de reparto de beneficios es el de fondos de pensiones. Los fondos de pensiones británicos plantean dos problemas: no preven ninguna compensación por la inflación, y vinculan al beneficiario individual a una empresa específica. Además, no hay ningún medio para que un asalariado pueda transferir sus ahorros del plan de pensiones de una sociedad a otra cuando cambia de empleo.

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