_
_
_
_

Fraga, Naseiro y Álvarez Cascos concentraron el poder financiero del Partido Popular

Manuel Fraga, Francisco Álvarez Cascos y Rosendo Naseiro disponían de "las más amplias competencias" para mover los fondos del Partido Popular, y en concreto de facultades para cobrar sumas, abrir cuentas, retirar fondos, comprar, vender, pagar y pignorar en nombre del PP. Así consta en una escritura otorgada ante el notario Rafael Ruiz Gallardón el 31 de enero de 1989, que elevaba a pública el acta de concesión de poderes aprobada por el noveno congreso de dicho partido, llamado el de la refundación.

Ese acta decía lo siguiente: "Es aprobado por unanimidad que el IX Congreso Nacional de Alianza Popular (Partido Popular) otorga los poderes generales y habilitaciones especiales necesarios al presidente nacional, don Manuel Fraga Iribarne; al secretario general, don Francisco Álvarez Cascos Fernández, y al tesorero del partido, don Rosendo Naseiro Díaz, con las más amplias competencias para la administración, disposición y representación de los bienes e intereses del partido ( ... )".Y detallaba los poderes concedidos: cobrar cupones, dividendos e importe de títulos amortizados, o sumas que se les adeuden; abrir cuentas y retirar fondos; constituir depósitos de valores y de efectos públicos, y retirar los constituidos; librar, endosar, negociar, pignorar, avalar, cobrar, pagar; comprar, vender, enajenar y adquirir; extraer o ingresar efectivo, valores o documentos de los bancos. "En general", añadía el documento, Ilevar a cabo los actos de normal administración, y especialmente de disposición de fondos".

Elecciones y consultas

Todas esas competencias iban unidas al poder de representar políticamente al partido y comprometer su comparecencia "en todo tipo de elecciones y consultas de ámbito local, provincial, regional o nacional, sin limitación alguna".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

A la luz de ese documento, que situaba a Rosendo Naseiro en una responsabilidad política y económica de máximo nivel, se entiende mejor la declaración efectuada por el ex tesorero del PP ante el juez Manglano. Naseiro admitió haber dado a veces "instrucciones políticas a otros cargos de inferior rango para que voten en un sentido o en otro, pero sin que ello suponga la existencia de beneficios económicos para tales órdenes". Y añadió que llamaba a empresas respecto a la posible adjudicación de alguna contrata, "para que cuando en tiempo electoral, si se les hace alguna petición de dinero, siempre dentro de la normativa legal de la ley de financiación de partidos políticos, hagan algún donativo" (sic).

La amplitud de las capacidades otorgadas implicaba también la posibilidad de delegar poderes, así como de revocarlos en cualquier momento. De hecho, Manuel Fraga delegó en José María Aznar las facultades de gobierno cotidiano del partido, en vísperas de la campaña a las elecciones legislativas de octubre pasado.

Un núcleo muy reducido

El acta notarial antes explicada podría constituir una confirmación documental de las declaraciones efectuadas por miembros de sucesivos comités ejecutivos del PP, según los cuales las finanzas eran un asunto reservado a un núcleo muy reducido de la dirección.

Esa situación contrasta con el reciente informe interno del PP sobre el caso Naseiro, realizado por Alberto Ruiz Gallardón, que acepta la existencia de operaciones dudosas a cargo de destacados miembros del partido pero da por seguro que ni José María Aznar ni Manuel Fraga habían legitimado las actuaciones de aquéllos. Ambos "desconocían absolutamente las actividades objeto de este informe, a pesar de las citas que se hacen involucrando sus nombres,", asevera Alberto Ruiz Gallardón.

A Francisco Álvarez Cascos ni se le menciona en ese informe interno, si bien tampoco hay apenas referencias a su persona en las diligencias elaboradas por el Juzgado número 2 de Valencia. En cambio, Alberto Ruiz Gallardón carga la mano sobre Rosendo Naseiro, de quien dice que ha podido desoír deliberadamente las directrices de órganos jerárquicos superiores, o bien "actuar con negligencia" en el ejercicio de las funciones encomendadas.

Los estatutos aprobados por el congreso de la refundación colocaron al tesorero bajo la dirección del presidente, mientras el secretario general quedaba encargado de ejecutar acuerdos, coordinar áreas y gestionar servicios administrativos, "sin perjuicio de las competencias estatutarias del tesorero". El último congreso introdujo ligeras reformas: colocó al coordinador de finanzas más directamente "bajo la dependencia del presidente nacional", en este caso José María Aznar.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_