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Un oligofrénico, declarado apto para el servicicio

Una queja frecuente dirigida al Defensor del Pueblo es la declaración de útiles para la mili de ciudadanos que padecen enfermedades que les inhabilitan para su realización. "Se trata, como ya ha sido puesto de relieve reiteradamente por el Defensor del Pueblo, de la constatación de que los reconocimientos efectuados a los mozos por los tribunales médicos militares en el acto previo a su incorporación a filas no siempre son suficientes y en ocasiones adolecen del imprescindible rigor profesional".Un médico que ejerció su profesión en la mili denunció así al Defensor que hubo de declarar excluidos a numerosos reclutas considerados aptos por los tribunales médicos: "No deberían haber llegado hasta el botiquín de un cuartel la mayoría de estos chicos, porque sus motivos de exclusión eran enfermedades fácilmente detectables: talla baja, pies planos, déficit visual, hipertensión, psicosis depresiva, toxicómanos, etcétera. Esto ocurre porque no se hace el reconocimiento médico adecuado a los mozos cuando son llamados a filas. Se les mide, pesa y nada más". Y hay enfermedades, como el astigmatismo, que incapacita para ser ser militar profesional, pero no para ser recluta, apunta el Defensor del Pueblo.

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El Defensor del Pueblo investigará directamente en los cuarteles las quejas de los soldados

El informe señala el problema añadido de que los tribunales médicos, generalmente, declaran las exclusiones en función de lo que alega el mozo. Se han dado casos de reclutas declarados útiles pese a padecer una enfermedad contagiosa por el simple hecho de que no la alegaron. A tenor de otra queja, el centro de reclutamiento de Palencia declaró útil a un joven no obstante padecer oligofrenia, que le originaba "trastornos de conducta y agresivídad en alto grado".

Causas de riesgo

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"Es importante resaltar, una vez más, la importancia de realizar un reconocimiento exhaustivo a estos jóvenes, en orden a detectar posibles alteraciones mentales y evitar de esta forma que su enfermedad (fundamentalmente estados depresivos) origine una situación de riesgo no deseada contra sus personas o las de sus compañeros en el servicio militar. Además, este tipo de personas se ven implicados continuamente en correctivos y arrestos disciplinarios e, incluso, se les aplican penas de privación de libertad por delitos contra la disciplina (deserción, desobediencia, etcétera) que no son sino un síntoma más de sus alteraciones psíquicas", alega la memoría.

El Defensor recrimina "el olvido" de la administración militar para con los soldados accidentados a la hora de fijar las pensiones e indemnizaciones. El informe reclama que Defensa actúe de oficio en estos casos y sin los actuales criterios restrictivos como es que sólo se conceden pensiones a los accidentados cuyas lesiones les determinan una incapacidad absoluta y permanente para todo tipo de trabajo, "olvidándose que otro tipo de lesiones impiden también al soldado realizar la actividad profesional normal a que se venía dedicando antes de incorporarse al servicio militar".

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