Ratificada la condena al asesino que profano el cadáver de su novia
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado las penas de 30 años y tres meses de reclusión impuestas a Pablo Moya Sanz por asesinar a su novia encinta, provocar la muerte del feto y profanar el cadáver introduciéndole una rama de naranjo en los genitales.
La sentencia de la Audiencia de Valencia, confirmada ahora por el Supremo, declaró probado que Pablo Moya exigió a su novia encinta, Concepción M. M., la realización de pruebas que acreditasen su paternidad como condición para casarse. La joven no se las hizo "por no ser factibles hasta que se produjera el alumbramiento", según le dijo su ginecólogo.En la noche del 19 de julio de 1987, Pablo Moya fue a buscar a su novia a su domicilio de Burjassot (Valencia) y la llevó en su coche por el camino viejo de Liria. Pasearon por un campo de naranjos y se estuvieron "besando y acariciando" mientras la joven le preguntaba si prefería que la criatura fuese niño o niña. Inopinadamente, Pablo Moya sacó una navaja y le asestó 37 navajazos, después de tapar la boca a Concepción con un paquete de Fortuna arrugado para amortiguar sus gritos.
Después colocó una rama de naranjo de 60 centímetros "entre los órganos genitales externos y la braga, de modo que quedó como si brotara de aquéllos, como venganza por atribuirle la paternidad del feto". También introdujo en la boca de la víctima su propio encendedor.
Como consecuencia de la muerte de la madre se produjo 1a destrucción de la vida del feto, un varón de cuatro meses, de configuración normal y 259 gramos de peso".
El Supremo considera correcta la sentencia que condenó a Pablo Moya, por lo que rechaza la eximente de trastorno mental transitorio, que considera incompatible con la personalidad "solapada, meditada, cruel y alevosa" del condenado.
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