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Conducir con 'dos copas' podrá acarrear la cárcel

Conducir con dos copas de más podrá suponer una pena que oscile entre los seis meses y un día y los seis años de prisión, según explicó ayer el director general de Tráfico, Miguel María Muñoz. Este apartado se establecerá en uno de los al menos 15 reglamentos que desarrollará la nueva ley de tráfico, que entrará en vigor a finales de este mes o principios de abril. El nuevo decreto legislativo, con rango de ley, fue presentado ayer por el ministro del Interior, José Luis Corcuera, quien resaltó que se pretende defender a la mayoría de los conductores frente a una minoría transgresora.

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El nivel de alcoholemia, similar al del resto de los países europeos, se ha fijado en 0,8 por mil para todos los conductores, y de 0,5 por mil para los que transporten materias peligrosas. Este grado de alcohol en la sangre se alcanza fácilmente, con un whisky largo, tres cervezas entre horas, o tres vinos y una copa después de comer, hábitos comunes entre el español medio.Al mismo tiempo se ha establecido como obligatorio para los conductores el someterse a las pruebas de alcoholemia. La negativa a pasar el control será considerada como delito de desobediencia a la autoridad, específicamente castigado en el Código Penal. La obligación de someterse a este tipo de prueba se extiende también a aquellos peatones que hayan tenido participación en alguna incidencia en la seguridad vial.

Las bebidas alcohólicas no son las únicas cuyo excesivo consumo penaliza la nueva ley. Los estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias análogas tendrán el mismo tratamiento que el alcohol, aunque por el momento no existen instrumentos fiables y rápidos para su medición. En la actualidad, Tráfico subvenciona estudios en varias universidades para conseguir un instrumento que ayude a detectar y medir estas sustancias en el conductor.

No al cepo

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La innovación más importante respecto al anteproyecto (ver EL PAÍS del 18 de enero) es la prohibición del uso indiscriminado del cepo. La idea de Tráfico era la utilización masiva de este recurso como medio de inmovilizar vehículos infractores. La limitación en el uso del cepo, que ha establecido el Consejo de Estado, permite esta práctica únicamente en casos excepcionales, cuando se produzca un grave riesgo o entorpecimiento de la circulación. El cepo ha provocado en los últimos quince años la protesta generalizada de los ciudadanos, y centenares de recursos por presunta ilegalidad, ya que el artilugio agravaba la infracción que pretendía corregir.

También supone una novedad la señalización bilingüe en aquellas comunidades autónomas en que sea necesario. Por otra parte, se establece que el titular del vehículo no será responsable subsidiario de las infracciones cometidas por el conductor, aunque sí tendrá obligación de identificarlo. La filosofía de la ley, según el ministro, es proteger a la mayoría de una minoría transgresora y sancionar las prácticas insolidarias de los conductores. Las estadísticas reflejan que el 99,7% de los conductores no han provocado nunca accidentes; el 86% no ha sido sancionado, y el 85 % del conjunto de los que tienen permiso de conducir no han tenido faltas graves.

El ministro anunció que remitirá a los 13 millones de titulares del permiso de conducir una carta en la que se recogerán los aspectos fundamentales de la nueva ley. Insistió en que la normativa pretende "recaudar menos", porque al elevarse las sanciones se espera una respuesta con mayor responsabilidad por parte de los ciudadanos.

Corcuera rechazó las insinuaciones de los periodistas de que gran parte de los accidentes (cerca de 7.000 muertes el pasado año) estaban provocados por el mal estado de las carreteras. "Tenemos las carreteras que tenernos", puntualizó el ministro, y no se corresponde con la realidad que los siniestros se produzcan en las vías deterioradas o en obras. "Los accidentes gravísimos se producen en carreteras en espléndidas condiciones", matizó. "Las colisiones en tramos en obras han sido escasas. Poco importa el estado de la carretera cuando uno se salta un semáforo o un stop", precisó Corcuera. "No todas las infraccciones se reducen al exceso de velocidad", agregó.

La nueva ley de Tráfico prevé multas de hasta 100.000 pesetas para las faltas muy graves, de hasta 50.000 pesetas para las infracciones graves y de 15.000 pesetas para las leves.

Multas astronómicas

Las sanciones de hasta 250.000 pesetas se reservan para las infracciones al antiguo delito, hoy despenalizado, de conducción sin permiso, y las cometidas por empresas que inciden en el ámbito de la seguridad vial. Estas últimas multas se aplicarán a las autoescuelas o a las empresas concesionarias de las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV) que vulneren las normas.

En conducción normal las multas no sobrepasarán las 100.000 pesetas de sanción. Para alcanzar este tope tienen que concurrir graves circunstancias como la existencia de peligro, la conducción bajo la influencia del alcohol o drogas, que la conducción sea negligente o que se omita el socorro al accidentado.

El ministro dijo que esta ley es muy necesaria para los ciudadanos, y que por tanto, no tiene contenido ideológico y que no debe ser etiquetada como "socialista", aunque haya sido aprobada por el Gobierno socialista. Para apoyar esta afirmación, Corcuera desveló que en algún momento de la elaboración del texto se estudió la posibilidad de que la cuantía de las multas fuera variable en proporción al nivel de ingresos de los infractores, extremo que finalmente no prosperó.

Las multas de carretera se podrán seguir pagando en el acto. Para los que no las abonen, se tramitará un procedimiento ejecutivo por parte de Hacienda, similar al de una deuda tributaría.

Para Corcuera, los Ayuntamientos tienen mayores dificultades para el cobro de las multas, por lo que estas entidades locales tendrán que dotarse de "un instrumento de cobro más eficaz, para que no se pueda eludir su pago". La Federación Española de Municipios y Provincias ha solicitado apoyo a Tráfico en este cometido.

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