_
_
_
_

Los asesores fiscales piden una ley que proteja la intimidad en el uso del número de identificación fiscal

La falta de una ley que limite el uso de la informática para garantizar el derecho a la intimidad de las personas, según mandata la Constitución, puede dar lugar a una implantación abusiva del número de identificación fiscal (N IF). En esta crítica coinciden diferentes asociaciones de asesores fiscales tras conocerse la intención del Gobierno de aprobar en fechas próximas el real decreto que regula el NIF. Ayer, el secretario de Estado de Hacienda, José Borrell, presentó a la Comisión de Subsecretarios la nueva regulación, que será debatida la próxima semana.

La Constitución española mandató al Gobierno para que aprobara una ley que limite "el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos". Esta ley no ha sido todavía elaborada por el Gobierno lo que, en opinión de los asesores fiscales, puede suponer una falta de garantías para los ciudadanos ante la implantación, el próximo mes de septiembre, del NIF.Esta advertencia fue también efectuada por el Consejo de Estado en un dictamen emitido a finales del pasado año sobre el proyecto de real decreto por el que se regula la composición y la forma de utilización del número de identificación fiscal. El Consejo de Estado, máximo órgano consultivo de la Administración pública en normas legales, recomendó al Gobierno la aprobación de una ley que limitara el uso de la informática para la protección del derecho a la intimidad.

El único punto de referencia existente es un convenio suscrito por el Gobierno español en el año 1982 y publicado en el BOE tres años después, sobre protección a las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal. Este convenio, acordado en el marco del Consejo de Europa, compromete a los Gobiernos a aprobar normas de derecho interno sobre el tratamiento informatizado de datos de carácter personal.

En opinión de Fernando Peña, presidente de la organización de Economistas Asesores Fiscales, dependiente del Colegio de Economistas, "el proyecto de real decreto puede presentar problemas de legalidad, porque está en contra del derecho a la intimidad reconocido en la Constitución y en el convenio sobre protección de las personas respecto al tratamiento informatizado de datos de carácter personal".

Datos informáticos

Añade que la implantación del NIF "es admisible desde el punto de vista de la persecución del fraude fiscal, pero para ello deben cumplirse los requisitos que marca nuestro ordenamiento jurídico".

Por su parte, el presidente de la Asociación de Asesores Fiscales, Mario Alonso, señala que "no podemos estar de acuerdo en la implantación del NIF en el momento en que se traspase el derecho a la intimidad de los ciudadanos". Reclaman también una ley que regule el uso de la informática "para proteger a los ciudadanos de posibles abusos".

El director general de Gestión del Ministerio de Hacienda, Ángel Vizcarrondo, explicó que con el NIF "pretendemos únicamente tener un instrumento que nos permita identificar mejor a los contribuyentes, porque algunas veces es difícil conocer con exactitud quien es el verdadero titular de determinadas operaciones". Ello, añade, "no tiene que ver con el derecho a la intimidad pues sólo se trata de mejorar el sistema de información".

El proyecto de real decreto que regula la implantación del NIF, cuya entrada en vigor está prevista para septiembre, fue presentado ayer a la Comisión de Subsecretarios por el secretario de Estado de Hacienda, José Borrell. El debate ha quedado pendiente para el próximo miércoles y, de quedar cerrado, el real decreto se aprobaría por el Consejo de Ministros el próximo 9 de marzo.

El NIF será, para las personas físicas, el mismo que el de su DNI, más una letra de control. Este número será de obligatoria presentación en las operaciones con trascendencia tributaria que realicen los contribuyentes, desde el pago y cobro de nóminas, la compra-venta de inmuebles, la suscripción de valores, la obtención de un préstamo o la apertura de una cuenta corriente.

El proyecto de real decreto que estudiaron ayer los subsecretarios obliga a las entidades de crédito a comunicar a Hacienda los nombres de los titulares de cuentas, depósitos a plazo o préstamos que en el plazo de un mes no hayan facilitado su NIF.

Cancelación de préstamos

Los datos que deben figurar en esta declaración son los siguientes: apellidos y nombre del titular o, en su caso, la denominación o razón social completa y el domicilio. Además deberá figurar la naturaleza o clase y número de la cuenta u operación, así como el saldo o importe máximo alcanzado durante el plazo para comunicar el NIF. Este último aspecto es criticado por los expertos fiscales, ya que consideran que el importe máximo de, por ejemplo, una cuenta corriente, no es un dato con trascendencia tributaria, objetivo que se propone Hacienda con el NIF.

El real decreto establece la obligación para las entidades de crédito de congelar las cuentas corrientes, libretas de ahorro, o cuentas de crédito cuando el titular no facilite su NIF. Prevé, además, la cancelación de los préstamos, depósitos a plazo o de valores cuyos titulares no dispongan del NIF.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_