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El Tribunal de la CE rechaza el recurso de tres químicas españolas

El Tribunal de Justicia de la CE rechazó ayer el recurso interpuesto en febrero de 1987 por las empresas químicas españolas EMP, Alcudia y Dow Chemical Ibérica. La sentencia de la máxima instancia jurídica de la Comunidad entiende que la Comisión Europea está facultada para investigar las documentaciones de las empresas encausadas a la hora de perseguir prácticas contra la libre competencia.Los hechos juzgados se refieren a la investigación por parte de funcionarios comunitarios que sufrieron el 20 y 21 de enero de 1987 estas tres empresas, acusadas de formar parte de un cártl¡ de compañías químicas formado para fijar de mutuo acuerdo los precios del polietileno y polivinicloruro (PVC).

Posteriormente a los hechos enjuiciados, el 21 de diciembre de 1988, la Dirección General de la Competencia de la CE condenó estas prácticas abusivas de mercado e impuso una sanción ejemplar al conjunto de las 17 empresas implicadas, entre las que figuraban sociedades del relieve de Basf, Hoechst, Montedison y Bayer.

En el caso del polietileno la multa se elevó a 37 millones de ECU (4.800 millones de pesetas) y en el del PVC (producto termoplástico muy utilizado en embalajes y otras aplicaciones) a 23,5 millones de ECU (3.055 millones de pesetas). Alcudia, hoy Repsol Química, recibió una sanción de 13 millones de pesetas por sumarse a ese acuerdo ¡legal de fijación de precios en lo referente a la producción de polietileno de baja densidad, mientras que a Dow Chemical se le impusieron 292,5 millones de pesetas para las varias filiales europeas afectadas. EMP se vio envuelta en el asunto como matriz de Alcudia.

Respecto a la investigación, el tribunal se opone a los argumentos de la defensa sobre las empresas españolas, encomendada al bufete Uría y Menéndez. Los investigadores comunitarios hicieron fotocopias de documentos de las compañías e incluso tuvieron acceso "a una agenda personal de un representante de Dow Ibérica". Sin embargo, a juicio del tribunal, no hubo conculcación del principio constitucional español de inviolabilidad como pretende el recurso.

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