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El Ayuntamiento renuncia a ingresar cientos de millones al suspender la reparcelacion económica

El equipo de gobierno de centro-derecha del Ayuntamiento de Madrid ha suspendido cautelarmente el cobro de la liquidación por reparcelación económica, figura conocida por los promotores como impuesto revolucionatio. El Ayuntamiento renuncia así a cobrar hasta un 14% del valor catastral de los terrenos a aquellos promotores interesados en edificar en parcelas aisladas. Desde 1985, el Ayuntamiento ha cobrado por este concepto más de 3.600 millones. La decisión ha sido tomada ante el temor de que el Tribunal Supremo ratifique la sentencia de la Audiencia Territorial que el pasado mes de marzo dio la razón al PP y anuló esta figura incluida en el Plan General de Ordenación Urbana.

La suspensión cautelar de la liquidación de la reparcelación económica se produjo el pasado día 4 de agosto. Sin embargo, no se quiso dar publicidad al tema, según reconoció ayer el primer teniente de alcalde, José María Álvarez del Manzano.En la última semana del mes de agosto, los presidentes de las juntas municipales de distrito recibieron una nota de servicio interior firmada por el concejal del área de Urbanismo y por el gerente municipal de Urbanismo en la que se les daba cuenta de la decisión del equipo de gobierno y se les indicaba que la decisión municipal "en modo alguno debe paralizar la tramitación de licencias". Con este objetivo se les indicaba que incluyeran en las licencias una nota con el siguiente texto: "La presente licencia se concede a reserva de la futura liquidación de la reparcelación económica que se efectúe en su caso".

Álvarez del Manzano, primer teniente de alcalde y portavoz del Partido Popular, confirmó la suspension cautelar de esta figura del Plan General. Precísamente esta figura urbanística, junto a la clasificación a priori del tipo de vivienda (social o privada) que debe ser construida en cada polígono, fue recurrida ante los tribunales por el PP tras ser aprobado el Plan General.

Sentencia desfavorable

En respuesta a este recurso, el pasado mes de marzo la Sala Tercera de la Audiencia Territorial de Madrid anuló distintas determinaciones contenidas en 11 artículos del Plan General referidas precisamente a los criterios urbanísticos recurridos. La Audiencia Territorial indicaba en su sentencia que la anulación estaba motivada al no ser las citadas determinaciones "ajustadas al ordenamiento jurídico".El concejal socialista Jesús Espelosín, entonces responsable de Urbanismo, calificó la sentencia de "revés político", aunque anunció que el equipo de gobierno socialista apoyaría el recurso que la Comunidad de Madrid tenía previsto presentar ante el Tribunal Supremo. Espelosín indicó entonces que la Audiencia no había calificado como buenas o malas las determinaciones, sino que las había anulado por falta de cobertura normativa para su aplicación.

Días después, en el pleno del mes de marzo, el PP pidió, sin éxito, que preventivamente se dejara de cobrar la reparcelación económica. Los concejales del PP advirtieron que la situación podía ser grave si el Supremo ordenaba la devolución de lo cobrado hasta ese momento, cantidad que, según datos de los responsables de Urbanismo, ascendía entonces a 3.571 millones.

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La sentencia, recurrida por el PSOE, se encuentra actualmente a la espera del, fallo del Supremo. Fuentes municipales indicaron, sin embargo, que el alto tribunal podría haber ya dictado una sentencia contra la reparcelación, aunque limitada a un particular. Ante estas noticias, el nuevo equipo de gobierno de centro-derecha decidió tratar el tema y los repres ntantes del PP volvieron a pedir la suspensión cautelar del cobro.

Álvarez del Manzano reconoció que en la reunión "hubo ciertas reticencias ante lo que suponía perder tan importante fuente de ingresos, aunque al final se decidió suspenderlo cautelarmente para evitar problemas. No debíamos seguir cobrando algo cuya legalidad está en duda". El primer teniente de alcalde indicó que el equipo de gobierno no había tomado, sin embargo, ninguna decisión sobre la devolución de lo ya cobrado y que esperaban la sentencia del Supremo.

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