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Absuelta una madre que delinquió para recuperar a su hijo de tres años

Una camarera holandesa de 32 años que, ayudada por un hermano de 26, secuestró a su suegra a punta de cuchillo y le produjo lesiones, ha sido absuelta por un tribunal español del delito de detención ilegal del que le acusó el fiscal. Los magistrados eximen de responsabilidad a la joven madre, por apreciar que su conducta se debió a estado de necesidad, ya que obró impulsada por el deseo de recuperar a su hijo de tres años, que le había sido arrebatado por su ex marido, hijo de la secuestrada.La holandesa M. E. M. tuvo un hijo con el español C. G. M. C. en agosto de 1981 y al mes siguiente se casó con el padre de su hijo. Por desavenencias del matrimonio, el padre se marchó y se llevó al hijo. M. E. M. solicitó y obtuvo de la justicia española la guardia y custodia del hijo, que fue ratificada en la sentencia de separación. Mientras tanto, el niño no aparecía. Ante la ineficacia de las denuncias formuladas en la comisaría y juzgado de Ibiza, M. E. M. contrató los servicios de detectives privados.

Por fin surgió una pista. El 6 de julio de 1984 la madre holandesa viajó a la capital de España, acompañada por un hermano suyo, con quien alquiló un coche y se dirigió a Majadahonda para intentar localizar al niño.

Estado de necesidadTras varias llamadas telefónicas ineficaces, M. E. M. se dirigió a la casa de su suegra, a la que expuso la necesidad que tenía de ver a su hijo. Después, la introdujo violentamente en el coche y le requirió información sobre el paradero del niño, "exhibiéndole un instrumento no determinado, pero parecido a un cuchillo o machete", relata la sentencia.

En un momento en que los hermanos aflojaron la vigilancia, la víctima aprovechó para pedir auxilio, huir y denunciar a sus secuestradores en comisaría, en la que ambos holandeses quedaron detenidos. Como resultado de la acción, la abuela sufrió lesiones que tardaron en curar 10 días.

El tribunal admite que los hechos constituyen un delito de detención ilegal, pero aplica la circunstancia eximente de la responsabilidad criminal consistente en obrar impulsado por un estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno. La absolución, solicitada por el letrado Luis María Figueroa Cuenca, se fundamenta en la primacía del bien jurídico de una madre en busca de su hijo respecto al bien jurídico de la libertad personal que los procesados limitaron.

La sentencia, dictada el 21 de abril último por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid, es ya firme, al no haber sido recurrida ante el Tribunal Supremo.

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