El 'desembarco' de Rodríguez Sahagún
Los gobernantes tienen la obligación de hacer cumplir las leyes a aquellos que pretenden burlarlas. El autor de este artículo, responsable de la concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Madrid con el alcalde Juan Barranco, justifica la vía de apremio para el cobro de las multas de tráfico.
El nuevo gobierno municipal anunciaba recientemente, en conferencia de prensa, la paralización del proceso de apremio que se había iniciado contra 10.000 deudores de multas de tráfico. El proceso se encontraba en fase de consulta a las entidades bancarias sobre la existencia de cuentas y saldos suficientes para hacer frente a las cantidades adeudadas, fase ésta posterior a la de notificación y consiguiente impago en período voluntario y a sucesivas notificaciones, ya en vía de apremio, sobre la obligación de hacer frente a la deuda.La medida de paralización del proceso ha sido presentada implícitamente como un acto de "tolerancia" de la derecha frente a un acto de "opresión al ciudadano" de la izquierda, amén de otras calificaciones tales como "haber sembrado un campo de minas" al nuevo gobierno.
Racionalidad
Si queremos analizar sin comportamientos irracionales la naturaleza del problema de los cobros en vía ejecutiva, o procedimiento de apremio, de los diversos ingresos de derecho público, sean tributos o sean multas, será fácil llegar a la conclusión de que los gobiernos municipales deben llevar a cabo, además de acciones gratificantes, otras que lo son menos, tales como hacer cumplir las leyes a aquellos que pretenden burlarlas.
La mayoría de los madrileños paga sus impuestos y la mayoría de los madrileños cumple con las ordenanzas municipales de tráfico, urbanísticas, de ruidos, etcétera.
Esa mayoría, como es lógico, debe exigir al gobierno y a su alcalde que haga cumplir a la minoría evasora de impuestos o incumplidora de las ordenanzas que les aplique las sanciones que diferencien el comportamiento cívico de la mayoría del comportamiento insolidario de la minoría.
Los tipos y tarifas tributarias pueden ser diferentes con un gobierno o con otro, las ordenanzas municipales pueden ser más o menos tolerantes con uno u otro gobierno; pero una vez fijados unos y otras por los diferentes órganos políticos, a la Administración no le queda otra tarea más importante que hacer cumplir eficazmente esas obligaciones ciudadanas.
Cualquier atisbo de falta de voluntad en su aplicación o de ineficacia técnica para ello puede ser interpretado como un llamamiento a que los incumplidores de las obligaciones cívicas se rían de esos incautos y estúpidos cumplidores de las obligaciones tributarias, urbanísticas o circulatorias.
Falta de voluntad
Si ese atisbo de falta de voluntad de aplicación de las normas se produce en el momento de cambio de gobierno aduciendo interrogantes técnicas o potenciales casos aislados de falta de equidad que siempre hay en un universo tan amplio, la cosa se agrava, porque es tanto como intentar crear una conciencia política de que "lo que hicieron los anteriores es una barbaridad y aquí borrón Y cuenta nueva", planteamiento impropio de un país normalizado democráticamente.
La Administración municipal madrileña procedió durante el mes de marzo pasado al embargo del dinero adeudado por tributos en 5.000 cuentas corrientes y procedió a casi un cuarto de millón de acciones ejecutivas, entre notificaciones y visitas, durante el pasado mes de junio. Estas acciones, valgan como ejemplo, no pueden estar al albur de que se esté en campaña electoral -como se estaba- y sus consiguientes perjuicios políticos para el gobierno de quien depende esa Administración, o de que se esté en la formación de un nuevo gobierno y éste desee ser agradecido por los infractores. Si así fuese, por uno u otro motivo político, la maquinaria administrativa nunca cumpliría a pleno rendimiento con su principal obligación: hacer cumplir las leyes en general y las ordenanzas municipales en particular.
Un gesto como el anunciado por el nuevo equipo de gobierno -la paralización del proceso de apremio- con toda seguridad tendrá tres efectos complementarios: el agradecimiento de la minoría incumplidora de sus obligaciones, el reproche de la mayoría cumplidora de las mismas y, por último, el descrédito del principio de universalidad de las normas municipales.
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