La adquisición de autocartera a partir del 1% se comunicará a la Comisión de Valores
Cualquier compra de un 1% o más de autocartera de una sociedad o banco deberá ser comunicada obligatoriamente a la Comisión Nacional de¡ Mercado de Valores (CNMV), según una enmienda al nuevo proyecto de ley de sociedades anónimas que ha sido aprobada por el Senado a instancias de la CNMV. De este modo se inicia una nueva etapa en el control y vigilancia de la autocartera, dentro de un proceso en el que la entidad presidida por Luis Carlos Croissier está llamada a ocupar un papel protagonista.
En la tramitación de este proyecto de ley, que ya ha salido del Senado, han intervenido muy activamente los representantes del Partido Socialista Obrero Español quienes no han dejado pasar la ocasión de introducir una enmienda que viene a intentar controlar unos de los problemas sabidos de los bancos y empresas españolas en general, como es la tenencia de acciones propias en sociedades filiales o en participaciones cruzadas.Mariano Rubio, gobernador del Banco de España, en su intervención para la inauguración de Expo Inversión 89, durante el pasado mes de abril, señalaba que la entidad emisora había hecho todo lo que estaba en sus manos para que las autocarteras de los bancos no tuviesen repercusiones, tanto en la marcha errática de las cotizaciones bursátiles, como en la reducción de recursos propios de las entidades, lo que afectaría a su coeficiente de solvencia.
En aquella intervención terminó diciendo:" Espero que en un futuro cercano la Comisión del Mercado de Valores pueda poner fin a las operaciones de autocartera". El gobernador llamó la atención entonces sobre el peligro de que la autocartera de una entidad pueda hacer incurrir en pérdidas importantes que serán menos soportables el día que los beneficios bancarios sufran mayor competencia.
Iniciativas legales
Con arreglo a las iniciativas legales que tomará la Comisión de Valores, el concepto de autocartera va a quedar mucho más definido a partir de una serie de normativas legales que desembocan en el pricipio básico de prohibición, salvo en situaciones especiales o transitorias, de acuerdo con lo establecido en la ley de sociedades anónimas. No obstante, la CNMV trata de ampliar el espectro legal de los mecanismos que pueden ser motivo de autocartera, incluyendo entre los mismos la propiedad de acciones de una determinada entidad en empresas filiales de su propio grupo, así como las participaciones cruzadas o recíprocas, por las cuales dos o varios grupos empresariales intercambian participaciones de su capital bajo pactos de sindicación. Ambos casos serán considerados como autocartera.
Por otra parte, y en base a la ley del Mercado de Valores, a partir del próximo 1 de noviembre cualquier adquisición de un 5% del capital de una sociedad jurídica deberá ser comunicada a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, con lo que se entra en una dinámica similar a la que impera en los principales mercados financieros europeos y norteamericanos.
La CNMV tiene previsto redactar un nuevo reglamento de oferta pública de adquisición de acciones (OPA). La actual normativa ha generado una indefinición en el mercado que permite vulnerar el espíritu de la ley. La nueva reglamentación, que se prevé pueda entrar en vigor a partir del próximo mes de octubre, supondrá una revisión a fondo del actual marco legal y se adaptará a los cauces establecidos en la normativa sobre OPA que ha preparado la Comisión Europea. En cualquier caso, a partir del próximo 29 de julio, la Comisión Nacional del Mercado de Valores tendrá potestad para aplicar régimen sancionador en el incumplimiento de las obligaciones legales establecidas en materia de ofertas públicas de adquisición.
La Comisión Nacional del Mercado de Valores, al frente de la cual se encuentra Luis Carlos Croissier, se va a convertir en un instrumento de control y vigilancia del mercado y se verá dotada de una gran fuerza legislativa a través de circulares.
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