El juez Garzón pide a la Audiencia Nacional el procesamiento de Amedo y Domínguez por asesinato
El juez Baltasar Garzón, instructor de los sumarios por atentados de los GAL, instó el pasado 29 de marzo los procesamientos de los policías José Amedo y Michel Domínguez por el asesinato, mediante un artefacto explosivo, del refugiado vasco Juan Carlos García Goena, ocurrido en Hendaya (Francia) el 24 de julio de 1987. El escrito, que se conoció ayer, recoge una exposición del magistrado de las investigaciones efectuadas y las pruebas acumuladas contra los policías, así como los razonamientos jurídicos que le llevan a solicitar nuevas medidas contra los agentes.
Amedo y Domínguez se encuentran procesados por reclutar mercenarios portugueses para cometer acciones terroristas en Francia en nombre de los GAL, y por organizar y dirigir los atentados contra los bares Batzoki y Consolation del País Vasco francés, pero no han sido procesados por ninguna muerte, ya que en los atentados mencionados sólo se produjeron heridos. El crimen de García, Goena, del que el juez dice que no perteneció a ETA, sino que fue desertor del Ejército, fue el último del que se responsabilizaron los GAL.El juez inicia su exposición detallando el asesinato de García Goena, de 27 años, cuya muerte se produjo al hacer explosión un artefacto colocado bajo su automóvil, que estaba estacionado frente a su domicilio. El explosivo, según informes de las autoridades judiciales de Bayona, es similar al hallado en un zulo descubierto en un monte próximo a Biriatou (localidad fronteriza en el lado francés) el 1 de septiembre de 1987. Los anzuelos e imanes utilizados para la fabricación y sujección del artefactos son idénticos a los encontrados en el zulo. Los imanes, de la marca Delta-Badalona se fabrican en una empresa de Badalona (Barcelona) y la única ferretería que los tiene de forma permanente en Bilbao es una situada a 40 metros de la Jefatura Superior de Policía.
El explosivo fue colocado por personas desconocidas a las que les fue entregado por Amedo y Domínguez, quienes dos días antes llevaron el artefacto al domicilio de Inmaculada Gómez, y donde Domínguez, en presencia de María Angeles Balsategui, hizo una demostración de cómo funcionaba. Días antes Amedo había afirmado que iban a realizar un atentado en el sur de Francia. El 23 de julio por la noche éste telefoneó a Domínguez a casa de Inmaculada Gómez para que saliera de la casa con el explosivo. Las dos mujeres se quedaron impresionadas y al día siguiente conocieron la noticia de la muerte de García Goena.
El juez precisa en su relato que las investigaciones de esta causa han constatado una segunda identidad falsa de Amedo, quien utilizaba un documento a nombre de Miguel Ángel Moreno Romero, además del de Genaro Gallego Galindo. Con el nombre de Moreno, Amedo se registró en varios hoteles y bingos entre mayo y noviembre de 1987. Domínguez utilizaba la identidad falsa de Alfredo González Fraile, con la que firmó registros y facturas de varios hoteles de Bilbao, Madrid, Vitoria y Burgos entre agosto y diciembre de 1987.
Amedo y Domínguez, en una entrevista celebrada el 28 de octubre de 1988 con María Ángeles Balsategui en la prisión de Guadalajara, le indicaron que tenía que negar las implicaciones que Inmaculada Gómez había hecho contra ellos. Le ofrecieron una serie de beneficios y le advirtieron que a Inmaculada la podían matar por lo que había dicho. También le indicaron cómo tenía que declarar cambiando lugares y fechas, como se recogía en la agenda que se ha unido a la causa. Balsategui hizo una primera declaración según lo ordenado, pero después rectificó y explicó las presiones a que había sido sometida por los policías y el procesado Francisco Paesa.
Los dos agentes que desconocían la declaración de Balsategui por haberse declarado secreto el sumario, negaron haberse entrevistado con ella en la prisión y declararon en el mismo sentido que le habían ordenado.
El magistrado considera que los hechos relatados pueden constituir un delito de asesinato consumado, otro de tenencia de explosivos, otro de estragos, dos de falsificación de documento de identidad, dos de uso público de nombre supuesto y otro delito contra la Administración de Justicia (coacciones a testigos).
El juez Garzón detalla las investigaciones realizadas y afirma que los testimonios de las ex amantes de Amedo y Domínguez son fundamentales porque los extremos que mencionan han sido "permanentemente corroborados por otros datos o elementos documentales, periciales y testificales que los convierten en lo suficientemente sólidos para constatar los indicios racionales de criminalidad".
Las declaraciones de personas que intentaban establecer una coartada para Amedo y Domínguez no han logrado, al entender del juez, desvirtuar los elementos que acusan a los policías.
El informe del juez concluye José Amedo y Michel Domínguez actuaron en todo momento en el ejercicio de sus funciones como tales policías.
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