El Constitucional atribuye al Estado la operatividad de los registros y notarías
El pleno del Tribunal Constitucional ha declarado que corresponde al Estado la segregación y división material de los registros de la propiedad, competencia reclamada por la Generalitat de Cataluña, que impugnó el decreto del Gobierno central de 23 de mayo de 1984, por el que se modificó la demarcación registral. El alto tribunal justifica la norma estatal porque mediante ella, del mismo modo que ocurrió con la demarcación notarial, se crean más registros, se los acerca a los particulares y se hace más operativa como servicio público la institución registral.La sentencia, de la que ha sido ponente José Luis de los Mozos, avala el interés público que comporta, entre otras medidas, la segregación de nuevos registros sin esperar a la vacante de su titular y la desagrupación de los colindantes atendidos por un mismo registrador, lo que implica creación de nuevas plazas.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.